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cc-es - Re: [Cc-es] Saludos

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Subject: Creative Commons en España

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Chronological Thread  
  • From: Miquel Vidal <miquel AT barrapunto.com>
  • To: Laura Díaz <lauradherrera AT yahoo.es>
  • Cc: Creative Commons Group <cc-es AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-es] Saludos
  • Date: Wed, 06 Jul 2005 13:25:35 +0200

El mié, 06-07-2005 a las 12:04 +0200, Laura Díaz escribió:

> efectivamente, el registro no es obligatorio y tiene valor
> únicamente declarativo. sin embargo, se otorga ex lege la
> presunción de autoría a favor del titular del asiento
> registral... que en roman paladino viene a significar que la
> obra, en caso de que esté registrada, se presume que pertenece
> a quien la registró
>

la misma presunción, ni más ni menos, que poner tu nombre en la portada:
"Se presumirá autor, salvo prueba en contrario, a quien aparezca como
tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo
identifique." (art 5.1 LPI)

De hecho, el software no se registra nunca (sería muy poco práctico), y
no por ello está menos protegido por las leyes de derecho de autor.

> esto tiene una clara dimensión política y económica (en mi
> opinón). la cultura se ha convertido en un sector económico de
> gran peso, la cultura es dinero, riqueza.
>

esto no es nuevo, la cultura ha sido objeto de explotación comercial
desde hace siglos (ya en el siglo XVIII los impresores peleaban
durísimamente para que no les limitasen temporalmente su monopolio que,
como ahora Jack Valenti o la viuda de Sonny Bono, querían que fuese
eterno): lo que sí es nuevo es que la cultura que está fuera de
explotación comercial (como, pongamos, la carta de un mi abuelo que
perdiera una batalla o los miles de libros descatalogados desde hace
decenios o los rollos de viejas películas que se pudren o...) sigan
sujetos a condiciones restrictivas, es decir, en roman paladino: que no
se puedan usar sin permiso (aunque a lo mejor no sepas ni a quién debes
pedirle permiso, pues mi abuelo murió hace decenios). Esto es lo que nos
sumerge en la "cultura del permiso" y está ahogando la creatividad.

> > Recordemos que "toda obra" es "toda obra", no solo las
> >de quienes pretenden económicamente explotarla: desde una
> nota >en una servilleta hasta una entrada en un blog.
>
> sobre eso no estoy del todo de acuerdo. aquí estamos entrando
> en el proceloso mundo de la valoración de la creación como
> obra. ¿quién decide que mi blog es una obra de creación?
> ¿quién decide que el dibujo que acabo de hacer en una
> servilleta no lo es? esta decisión queda al albur de los
> jueces (en caso de que sea yo laura, gran artista inédita, la
> autora) o del mercado (en caso de que sea carlos ruiz zafon el
> autor editado y best seller)
>

umm, lo decide la inspiración divina, claro ;-) Los famosos derechos
morales del autor es lo que le convierten en autor, por el "mero hecho"
de serlo. Es una definición tautológica, de acuerdo (es autor quien es
autor), pero es la que hace la LPI.

> en todo caso, el autor, todo autor, es libre (en méritos de la
> propia ley) de colocar su obra en el dominio público,
> renunciando a los derechos de explotación que tiene sobre
> ella.
>

hace unos días hemos hablado de esto y nadie ha resuelto la duda, así
que te agradezco que nos detalles esos "méritos de ley" que permiten a
un autor colocar su obra en el dominio público. Me he leído la LPI del
derecho y del revés y te aseguro que no he encontrado en parte alguna
tal posibilidad (solo se contempla el paso al dominio por medio de la
extinción de los derechos de explotación, art. 41 LPI).

> lo mejor de las licencias cc es que son perfectamente
> defendibles con el texto de la lpi en la mano.
>

completamente de acuerdo.

saludos

miquel


>





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