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cc-es - Re: Sobre la GPL y las cláusulas Share-Alike [was: Re: RE : [Cc-es] Del Dominio Público (sigue)]

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Subject: Creative Commons en España

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  • From: Malcolm Bain <mbain AT menta.net>
  • To: Javier Candeira <javier AT candeira.com>
  • Cc: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: Sobre la GPL y las cláusulas Share-Alike [was: Re: RE : [Cc-es] Del Dominio Público (sigue)]
  • Date: Fri, 22 Jul 2005 08:59:48 +0200

Hola

Javier Candeira wrote:

Creo que sí, que tienes razón. Que la obra derivada está en régimen
diferente a la obra en colaboración. Así que a la GPL, que sólo trata de
obras derivadas, no tiene nada que ver con obras en colaboración. Las obras
en colaboración son otra cosa, y la GPL no las trata. No se ocupa de ellas.
En toda la GPL no aparece el término "collaborative work", ni el adjetivo
"collaborative", ni el verbo "collaborate". Por no aparecer, tampoco aparece
la palabra "colective". Sin embargo "derivative" aparece 4 veces, "derived"
2 aunque el verbo "derive" no aparezca. Vaya por Dios.

Sí que aparece la palabra collective, y justamente es fuente de muchas discusiones en EEUU:

" Thus, it is not the intent of this section to claim rights or contest your rights to work written entirely by you; rather, the intent is to exercise the right to control the distribution of derivative or collective works based on the Program." (cl 2 penultimo parrafo).

Hay quienes sostienen que, bajo derecho americano y contrariamente a lo que dice la GPL, un autor de parte de una obra colectiva (una contribución) no puede controlar la explotación de la obra total, que, según entiendo, corresponde al creador de la obra colectiva. (una obra colectiva en USA es una colección de obras (contribuciones) separadas y separables, cada una con su titular, copyright, etc... y la obra total tiene que tener suficiente originalidad para considerarse una obra digna de protección bajo copyright (no solamente copiar 8 programas sobre un CD, sino integrarles de manera creativa).

La GPL sostiene que se extiende a obra colectivas que contengan parte de código original bajo GPL, porque su definición de "work based on a the program" (que sería la definición de "obra derivada") incluye no solamente estas obras derivadas pero también "works containing part of the program (obras que contienen partes del Programa). Logicamente, para reproducir la obra original en una colectiva, necesitas por lo menos el derecho de copia ... pero el copyleft no se aplica a copias, sino modificaciones. Por lo tanto, se argumenta que como la colectiva no hace más que copiar la original (y "usarla" de manera normal - vinculos entre programas) entonces la cl.2b de copyleft no se aplica a la distribución de obra colectivas. ... discutible? Hay que ser abogado americano para entender todo ello, y no lo soy :)

Malcolm






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