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cc-es - Re: [Cc-es] Críticas a CC

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Subject: Creative Commons en España

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Chronological Thread  
  • From: Javier Candeira <javier AT candeira.com>
  • To: David Maeztu <davidmaeztu AT gmail.com>
  • Cc: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] Críticas a CC
  • Date: Thu, 30 Nov 2006 11:19:32 +0100

David Maeztu wrote:
>>> Como se llamen, si licencias o contratos supongo que le da igual, pero lo
>>> que no le da igual es que intenten decirle que las condiciones de la GPL
>>> son obligaciones contractuales. La GPL sólo otorga permisos (limitados),
>>> no exige contraprestaciones.
>
> Sinceramente yo no estiendo esto de las palabras de Moglen. Tal vez
> debería leerle mas, y sobre todo él no debería hablar como lo hace de
> los compañeros de este lado que no piensan como él.
>
> "La propia GPL dice que es una licencia, y no un contrato. Y algunas
> mentes legales de fuera de los Estados Unidos están en desacuerdo. Yo
> estoy en desacuerdo con ellos: son duros de mollera y mal aconsejados.
> Uso adecuadamente el género masculino porque casi todos son varones de
> pelo gris y mentes caducas.

Es que Moglen se refiere a "license" y "contract", no "licencia" y
"contrato". O sea, a la diferencia entre generar obligaciones o ser un "mero
permiso". Dado que él diseñó la licencia para ser un mero permiso, lo mismo
se puede tener en cuenta su opinión. Sobre sus colegas cabezones, no te lo
tomes a modo personal, tiene que aguantar a muchos que lo primero que le
dicen cuando le ven es "la GPL no es legal en mi país". Seguro que se
refiere a ellos.

No creo que haya obligaciones generadas por la GPL en la legislación
española, y hasta ahora no me han señalado ninguna que no sea en realidad
una obligación impuesta por la ley, que es la que da monopolio a los autores
sobre la transformación de sus obras.

>> (http://especiales.barrapunto.com/comments.pl?sid=63990&cid=767351)
>>
>> Me parecería bien que citaras este comentario también en tu artículo,
>> señalando si quieres al pobrecito hablador que tan atinadamente me ayudó a
>> cambiar mi análisis. Lo que pasa es que, a diferencia del PH, yo firmo mis
>> comentarios, y mi argumento no queda bien expuesto si no se tienen en
>> cuenta
>> estas precisiones.
>
> Yo he firmado mis opiniones en ese artículo, igual que antes las firmé
> aquí pero sin desarrollar. No tengo cuenta en BP ni me he planteado
> crearmela, pero si se permite postear a PH's habrá que aceptar
> igualmente sus opiniones, siempre que sean respetuosas.

Lo que quiero decir es que a mí se me puede citar con nombres y apellidos
porque se ve que soy yo. Al PH no porque no se distingue a uno de otro, con
lo cual se les puede citar si dicen algo interesante, pero no atribuírselo.

Por ejemplo, yo le agradecí mucho a un tal dbpp que me hubiera ayudado,
porque sabía quién era él cada vez. De tí no sé quién eres, porque estás
diluido con los otros PHs.

> De todas formas, puedo incluir ese comentario, pero tendré que ver como
> y donde...
>
>> Que luego estés de acuerdo con mi análisis o no, eso no importa.
>
> Si importa ya que de hecho me molesto en ofrecerte información y leer en
> profundidad lo que me comentas, y aprender de ello, pues admito que
> puedo estar de acuerdo.

Me refería a que, si me vas a citar y a Moglen en mi traducción, que nos
cites a los dos según la he corregido (en parte, gracias a tus apuntes), y
no nos cites en la versión antigua e incorrecta. Luego, como puedes suponer,
no voy a reclamar que estés de acuerdo conmigo. Sin embargo si que me sentía
legitimado a exigir (con "e" minúscula) que se citara mi última versión y la
que considero correcta.

>> Después, modestamente, creo que tu análisis es erróneo en su planteamiento
>> y parcial en su desarrollo:
>>
>> Planteamiento: Moglen es un abogado USAmericano, y él nunca dijo
>> "licencias,
>> no contratos". Dijo "licenses, not contracts". Si en vez de trasponer sus
>> palabras las calcas, caes en el mismo error en el que caí yo al principio
>> (aunque sea para negar su aplicación en vez de para defenderlo). Como he
>> señalado con mi cambio de opinión, ampararte en mi error para justificar el
>> tuyo tampoco es admisible.
>
> Efectivamente me basé en la traducción tuya, (error de mal investigador)
> pero con la frase anterior de Moglen reproducida, creo que que tanta
> gente le entienda mal es indicio de que él no se expresa bien. Y si
> quiere referirse al derecho continental con lenguaje del Common Law,
> tenemos un problema por que no le vamos a entender.

Hombre, creo que mi análisis lo explica. Él está enfatizando la diferencia
entre unilateral y sinalagmático, y recalca la unilateralidad del permiso
que da una GPL. es su interés al decir "license, not contract", y pido
disculpas si, con mi primera, apresurada e incorrecta traducción, desvié la
atención del asunto en vez de centrarla en él.

Esto es algo que me duele, porque me siento responsable de haber despistado
a algunos al enfatizar el término incorrecto en vez de el concepto importante.

> En España, siempre se ha traducido licenses, como licencias, y contracts
> como contratos. De ahí vienen las licencias de patentes, por ejemplo.

No me voy a meter en legislación, pero como linguista sé que existen
solapamientos entre términos de dos idiomas, y estoy seguro de que entre la
legislación de dos países también puede pasar.

Y lo que digo, que no nos fijemos en las palabras sino en el concepto de
unilateralidad, que es en realidad de lo que está hablando Moglen.

> Antes de la recepción del término en España. Puedes referirte a licenses
> como permisos, pero en el fondo es lo mismo, aunque haya una diferencia
> semántica, jurídicamente no se me ocurren diferencias reseñables.

A mí sí, y es la diferencia que existe entre lo que Moglen llama una "pure
license" y las EULAs. Las EULAs de software propietario requieren tu
aceptación previa porque por ellas renuncias a derechos que la ley te
reconoce. Las licencias de software libre son "pure licenses" según Moglen,
porque te otorgan permisos que la ley no te da, y no tienes ninguna
obligación que la ley no te imponga.

> Pero aquí ya me he perdido. Parciales son tus críticas. Solo te centras
> en un aspecto, que además en nada refuta las conclusiones. Incluso a
> pesar de citar artículos del ordenamiento jurídico, tanto del Código
> Civil, como de la LPI.

Mi crítica es voluntariamente parcial. Reconozco que me he centrado en que
me he sentido tergiversado y mal citado, y el resto del artículo no me lo he
leído a fondo, ni creo que pudiera. Entiendo algo más de licencias libres,
muy poco o nada de leyes, más allá del folklore legal que tienen todos los
ciudadanos.

Tampoco soy abogado, pero espero que los demás abogados de la lista lo lean,
lo discutan, y refinen mejor los conceptos legales que manejamos los legos
de la lista, además de llegar a consensos entre vosotros..

Al final, que las licencias CC sean contrato o no es una cuestión de
nombres, o eso espero. Está bien tratarlo y formalizarlo, cuantos más
abogados "de los nuestros" le hagáis pruebas para ver sus agujeros, mejor
será, para que las licencias sean mejores y más resistentes a los abogados
"de los otros".

Sólo me preocupa la unilateralidad, porque es el fundamento político del
origen de licencias como la GPL y las CC, y también el centro de la defensa
contra el ataque de las EULAs.

>> Desarrollo: una vez se habla sobre la unilateralidad del permiso, que es de
>> lo que está hablando Moglen en realidad, y lo que importa para la
>> aplicabilidad de la GPL, me gustaría que tu artículo incidiera en si la GPL
>> y las Creative Commons son de verdad unilaterales como dice Moglen o son
>> sinalagmáticas como afirman algunos de sus detractores.
>
> El mismo permiso unuilateral que en una donación. Yo te doy el dinero.
> Pero tu tienes que aceptarlo, en un acto formal o en hechos que
> demuestran esa aceptación. Sin que tu me entregues nada a cambio.
>
> Creo que la unilateralidad o no, no incide en la aplicabilidad de la
> GPL, o CC.

Yo creo que sí, en su origen, y además incide en la aplicabilidad de los
términos abusivos de las EULAs. Aunque sea algo que no tiene que ver con las
CC, tenemos que defender la unilateralidad de las licencias libres, porque
si no son unilaterales, tendremos un arma menos para defendernos de las
EULAs, que claramente son bilaterales e imponen obligaciones (en algunos
casos abusivas, en otros absurdas, en muchos casos duras restricciones).

Por otro lado, si son bilaterales, probablemente requerirán aceptación por
escrito, y esto podría acabar con el sistema de "broadcast legal para las
masas" que propone CC. Corrígeme si me equivoco.

> Respecto de los detractores, supongo que no te refieres a mi. De otra
> forma lo consideraría una falta de respeto.

En absoluto, mira lo que digo arriba. Pero creo que negar su unilateralidad
es darles armas a los detractores. Mejor lo discutimos con más tiempo en un
día que no sea laborable, que estamos los dos echándole una jornada a cc-es...

> El artículo trata sobre la naturaleza jurídica de la licencia, si son
> licencias, no contratos, o si son contratos. Una discusión bastante

Me siento en parte culpable por haber dirigido mal el camino del debate.
Hace al menos cinco años que me di cuenta de la importancia de la
unilateralidad, y he estado repitiendo "licencias, no contratos" como un
loro sin darme cuenta de que esto es verdad en inglés USA ("licenses, not
contracts" significa, y así lo explica Moglen, "unilaterales, no
sinalagmáticas"), pero que al traducir calcando podía estar transponiendo
mal, y despistando a los demás.

Como ves, ahora he cambiado mi canción, y digo "unilaterales, no
sinalagmáticas", y creo que es la discusión importante, dado que se centra
en el concepto original y no en las palabras mal traducidas.

> arraigada. Una vez reconocido su caracter contractual, en mi opinión y
> al parecer en la tuya, se puede analizar el resto de las cuestiones,
> como la bilateralidad, la acpetación, la capacidad de las partes, e
> incluso la adecuación de las mismas a las normas sobre condiciones
> generales, etc.

Totalmente de acuerdo. Al fin y al cabo, no soy abogado y tampoco entiendo
de estas cosas más que lo que aprendo en contacto con vosotros.

>> Estos detalles lo mismo puede ir en un artículo posterior. La rectificación
>> de mi análisis debería ir, cuando menos, en una nota al pie.
>
> Voy a estudiarlo.

Te lo agradezco, porque si bien reconozco mi error inicial, creo importante
empezar desde ya a centrar el debate en la unilateralidad o bilateralidad,
en vez de en el despistante "licencias o contratos", debate que viene de una
mala interpretación de Moglen.

> Muchas gracias por tus aportaciones, revisaré el hilo completo. Y no
> tengo ningún problema en reconcerlo si es así.

Gracias a tí. Verás que el comentario que te mando es uno de los últimos. En
ocasiones escribo cinco o seis comentarios a la vez, luego los corrijo y los
mando juntos, con lo que parece que me contradigo. Este caso es
especialmente peliagudo porque me di cuenta de mi error durante el debate y
cambié mi análisis. Mejor dicho, al final lo expuse en sus términos
correctos, pero en este caso no cambién de opinión, sino que logré expresar
mejor lo que desde un primer momento quería decir, y lo que entiendo que
quería decir Moglen.

> Un saludo.

Un saludo, y gracias por ser tan puntilloso. Con trabajo como éste, las
licencias 3.0 van a ser espectaculares.

-- javier




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