Skip to Content.
Sympa Menu

cc-es - Re: [Cc-es] Saludos

cc-es AT lists.ibiblio.org

Subject: Creative Commons en España

List archive

Chronological Thread  
  • From: Miquel Vidal <miquel AT barrapunto.com>
  • To: "Manuel J." Román <manje AT manje.net>
  • Cc: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] Saludos
  • Date: Wed, 06 Jul 2005 14:15:57 +0200

El mié, 06-07-2005 a las 14:00 +0200, Manuel J. Román escribió:
> Creo que estamos mezclando cosas, antes un dibujo en un servilleta tenía
> los
> mismos derechos reservados, lo único que pasaba es que requería la (c)
>

no, manje, se requería el *registro* hasta 1987, que entró en vigor una
nueva LPI incorporando decisiones de convenciones internacionales
adoptadas en los años setenta (creo, que me rectifiquen los juristas).
El registro era una incomodidad considerable, había que ir a una oficina
gris con un funcionario gris, rellenar unos impresos y ponerle un sello
que costaba algo de dinero: solo lo hacían aquellos verdaderamente
interesados en explotar económicamente su obra. El resto, era dominio
público. De ese modo, era casi imposible que una servilleta (o una
carta) llegase a estar sujeta a derechos de autor, por mucha (c) que le
pusieses debajo. Hay alguna excepción, claro, y no ofrecía indefensión
alguna al autor: Pablo Neruda escribió alguno de sus poemas de
"Residencia en la tierra" (sin duda, uno de los mejores libros de poemas
de todo el siglo XX) en el reverso de una factura de hotel y en una
servilleta de la cafetería del mismo. Los registró, y punto. No por ello
hubo que someter al resto de servilletas al mismo régimen restrictivo,
como sucede ahora.

> Pero además creo que cambian cosas más importantes, por que que el autor es
> autor por el mero hecho de crearlo, creo que eso no ha cambiado.
>
> Lo que yo creo que ha cambiado:
>
> - Antes:
> el autor tenía que avisar que se resevaba los derechos sobre la obra.
> la "justicia" solo actua si el autor denuncia
>
> - Ahora
> el autor si no avisa de nada se considera que se reserva todos los
> derechos.
> la "justicia" actua de oficio, sin contar con el autor.
>

> En definitiva esta legislación es apropiada para el modelo de negocio de
> las
> editoriales, defiende ese modelo, el legislador entiendo que los
> intercambios
> culturales son en la inmensa mayoría de los casos comerciales y con todos
> los
> derechos reservados y legisla en torno a ese modelo.
>
> Las editoriales han conseguido este cambio legislativo haciendo ver que
> estaban en una situación de indefensión, ya que necesitaban poner denuncias
> a
> cada top manta para que la policía pudiese intervenir, si no la policía se
> "quedaba mirando", esto lo hemos visto en la TV, pero la realidad es otra,
> pero creo que eso es ya desviarse demasiado del tema.


sip, es asi: pero esto no ha cambiado ahora, por culpa del top-manta ni
por el interné. Esto cambió hace algunas décadas, en tratados
internacionales (Berna, creo, o quizá Ginebra, dejo semejante precisión
a los especialistas ;-)

A lo que tú te refieres es a la consideración de "delito": solo el
titular de derechos puede reclamar, la policía solo puede actuar si hay
delito (y con el top manta lo hay). Eso es lo que quieren modificar,
para que incluso en prácticas no penalizadas (como el intercambio sin
ánimo de lucro) puedan actuar de oficio.

pero esto último a lo que te refieres es un debate algo más
circunstancial: creo que es deseable analizar (y comprender) los
fundamentos que subyacen a todo este montaje del copyright, que
"justifican" las medidas punitivas y penalizadoras que se toman después,
como las que te refieres.

saludos

miquel





Archive powered by MHonArc 2.6.24.

Top of Page