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cc-es - Re: [Cc-es] directrices de usos no comerciales admitidos

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Subject: Creative Commons en España

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  • From: "Enrique Mateu" <enriquemateu AT gmail.com>
  • To: "David Maeztu" <davidmaeztu AT gmail.com>
  • Cc: Creative Commons Group <cc-es AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-es] directrices de usos no comerciales admitidos
  • Date: Mon, 12 Mar 2007 22:41:09 -0000


----- Original Message ----- From: "David Maeztu" <davidmaeztu AT gmail.com>
To: "Enrique Mateu" <enriquemateu AT gmail.com>
Cc: <cc-es AT lists.ibiblio.org>
Sent: Monday, March 12, 2007 6:29 PM
Subject: Re: [Cc-es] directrices de usos no comerciales admitidos


Enrique Mateu escribió:
Efectivamente definir el significado de "no comercial" es muy difícil.

Yo tengo claro en que casos considero que no hay un fin comercial y
cuales
sí. ¿No podría establecerse una lista de situaciones y cada creador
especificar hasta donde está dispuesto a llegar?

Yo creo que eso debería hacerlo CC. Igual que CC fija el contenido de
las licencias, debería fijar el contenido de las definiciones.

suena lógico


Dicho de otra manera; el creador podría especificar en que casos
concretos
permite el uso de la obra y cuales no, pero para cualquier otra situación
deberá consultar con el creador.

Entonces complicamos el proceso, y podemos encontrar dos definiciones
diferentes y por lo tanto problemas por el uso que unos u otros hagan.

es cierto que lo complica, pero nada comparado con toda la parafernalia que
se ha venido montando en torno al copyright, emho.



Creo que esto es técnicamente posible.

Pongo casos concretos de mi punto de vista.

Casos que no considero fines comerciales:

- Bajarlo de Internet de un sitio gratuito que tampoco obtenga ingresos
por
publicidad o servicios

Primer problema:

Hoy un sitio con adsense no llega a 10 euros mes. Usa tu obra y estas de
acuerdo. Por razones de la vida tu contenido sigue en esa página, pero
el mes siguiente empieza a recibir miles de visitas al mes y percibe
3000 euros (o 300).

¿Debe en ese momento retirar su contenido?

Depende del acuerdo que tengamos. Si es un acuerdo con revisión tendremos
que revisar. Si es un acuerdo sin revisión no tendrá que retirar ni volver a
llamar.

No veo el problema. O es comercial o no lo es. Si no es comercial no tiene
que pagarme nada. Si es comercial tendrá que llamarme y contarme su proyecto
y le diré si, no blanco o negro dependiendo de lo que me de la real gana en
ese momento. y firmaremos por un mes, un año o diez. Luego ya veremos.

Creo que el problema es que se pretende cuadricular todo y entonces puede
que sea el mismo perro pero con distinto collar. No se si me explico. Yo hay
gente a la que dejo que utilice mi música como le venga en gana. En cambio
hay a otros que no les dejo ni pagando.

Por ejemplo, yo he vendido mi música muchas veces para publicidad pero no
admito cualquier tipo de publicidad. Por ejemplo me quisieron comprar los
derechos para un anuncio de una empresa de cementos y no quise.

Quiero decir que no me interesa establecer un sistema rígido. Para eso ya
tengo la SGAE.


¿Vamos a obligar a que los blogers publiquen lo que ganan, por ejemplo
con Ad-sense para ver si cumplen este requisito?

a mi no me interesa saber cuanto gana para pedirle dinero. yo tengo mi
propia escala de valores. Hay sitios por lo que yo pagaría por estar. En
cambio hay otros que no estaría ni cobrando un dineral. No es lo mismo que
te llame Walt Disney para una banda sonora que Agapito Churrundez. Al
primero le pido un pastón y puede que al segundo le pague yo por poner mi
música en su corto.


- Tostar fonogramas para uso propio
- Tostar fonogramas para regalar sin publicidad
- Escucharlo en streaming en un sitio gratuito que tampoco obtenga
ingresos
por publicidad o servicios
- Reproducirlo en lugares públicos como "ambiental" sin cobrar suplemento
o
sin percibir dinero alguno por esa reproducción

Casos que considero fines comerciales:

- Bajarlo de Internet de un sitio de pago o que obtenga ingresos por
publicidad o servicios

¿A partir de que nivel de ingresos? ¿Los sitios que obtienen hosting por
alojamiento se encuentran incluidos?
- Tostar fonogramas para venta
- Tostar fonogramas para regalar con publicidad de cualquier tipo (como
campaña de marketing, propaganda, etc)
- Escucharlo en streaming en un sitio de pago o que obtenga ingresos por
publicidad o servicios

Lo mismo.

mismamente


- Reproducirlo en lugares públicos cuyo fin primordial sea la música y
cobren entrada o perciban ingresos directos o indirectos por ello

Esto puede dar problemas con el anterior que citas.

no te pillo


- Al sincronizarla con otro medio (Cine, Televisión, Web, Blog, etc)
- Al utilizarla en publicidad
- Al asociarla a un partido político, institución, empresa u organización


De cualquier manera, solo si se expone y decide como has hecho podremos
tenerlo claro.

no estoy seguro de entenderte


Un saludo.

Saludos.
Enrique

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