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cc-es - Re: [Cc-es] Sentencia reconoce CC

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Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: "Manuel J. Rom谩n" <manje AT manje.net>
  • To: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] Sentencia reconoce CC
  • Date: Wed, 1 Mar 2006 12:36:17 +0100

> >>> Pero la difusi贸n p煤blica no es
> >>> irrenunciable, s贸lo es "gestionable colectivamente". Esto quiere decir
> >>> que si quieres cobrar, tienes que pasar por una entidad de gesti贸n,
> >>> pero si no quieres cobrar, la entidad no tiene derecho a hacerlo en tu
> >>> nombre.
> >>
> >> La difusi贸n p煤blica como concepto no existe en la LPI. Los derechos de
> >> autor, salvo los obligatoriamente gestionados colectivamente por mandato
> >> legal, pueden ser ejercidos individual o olectivamente, como en el caso
> >> al que pareces recibirte de comunicaci贸n p煤blica. Ese derecho puedes
> >> cederlo a la entidad de gesti贸n que desees para que te lo gestione.
> >
> > 驴Quieres decir entonces que es falso lo que dice Javier?:
>
> No digo que sea falso, es la opci贸n m谩s comun por la imposibilidad
> pr谩ctica de cobrar por cada vez que una obra se comunica publicamente
> para un autor individual. Pero si tu has negociado con la empresa la
> comunicaci贸n publica, no a trav茅s de una entidad de gesti贸n, tu puedes
> cobrar por esa autorizaci贸n.

Disculpa que insista, pero o es equivocado lo que dice Javier con respecto a
la comunicaci贸n p煤blica "si quieres cobrar, tienes que pasar por una entidad
de gesti贸n" o es equivocado lo que tu afirmabas en otro correo "Si la pone
como NC y haces un uso comercial estas violando los t茅rminso de la licencia.
No tendr铆as autorizaci贸n para hacerlo y el autor podr铆a reclamarte."




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