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cc-es - Re: [Cc-es] otra m?s sobre concursos musicales

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Subject: Creative Commons en España

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  • From: "Antonio Santos" <asantosj AT telefonica.net>
  • To: "CC-es" <cc-es AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-es] otra m?s sobre concursos musicales
  • Date: Wed, 5 Oct 2005 19:13:35 -0500

No me refería a la constitución de USA sino a los usos y costumbres de su
sistema legal.
Y en este foro solo pretendo ganar información sobre cultura libre.
Gracias de nuevo a Laura y David por facilitármela.
Antonio Santos
----- Original Message -----
From: "Miquel Vidal" <miquel AT barrapunto.com>
To: "David Maeztu" <david.maeztu AT aulir.com>
Cc: "CC-es" <cc-es AT lists.ibiblio.org>
Sent: Wednesday, October 05, 2005 11:37 AM
Subject: Re: [Cc-es] otra m?s sobre concursos musicales


El mié, 05-10-2005 a las 18:15 +0200, David Maeztu escribió:
> >aquí muerdes en hueso: las pullas antiestadounidenses igual te hacen
> >ganar puntos en otros foros, pero no en este. No creo que en materia de
> >propiedad intelectual (ni en casi ninguna otra) estemos en condiciones
> >de dar lecciones a nadie: Creative Commons nace en California, no en
> >Albacete ni en Barcelona. GNU nace en Boston, no en París o en Madrid.
> >De hecho (y aquí expreso una mera opinión de lego) me parece que, en
> >este asunto, el modelo estadounidense/anglosajón es menos hipócrita que
> >el continental.
> >
> >
> >
> No, es diferente, y a veces lo olvidamos...
>

pero esas diferencias tienen (o pueden tener) consecuencias no solo
jurídicas, sino prácticas: la constitución estadounidense dejó claro
hace más de dos siglos que el copyright (la restricción a la libertad de
copia) no era más que un acuerdo social entre creadores y público,
puramente pragmático, para "promover el progreso de la ciencia y de las
artes útiles". Así pues, de acuerdo con la Constitución USA, la autoría
debería conciliarse con el bien común. Si las leyes dejan de servir para
promover dicho progreso, pueden legitímamente cuestionarse (otra cosa es
que eso tenga o no éxito). En cambio, el derecho continental se centra
sin más en la cuasi-religiosa (romántica) idea del Autor -con
mayúsculas- como depositorio de derechos naturales (morales) y eternos.
No hay forma de cuestionar tan brumoso concepto, al menos no desde las
propias leyes: para el Derecho europeo, siempre estará el Autor por
encima del bien común.

--m


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