Skip to Content.
Sympa Menu

cc-cl - Re: [Cc-cl] Atención don Pedro Huichalaf o quien domine el tema en esta lista. Consulta sobre la SCD.

cc-cl AT lists.ibiblio.org

Subject: Lista de Correos Creative Commons Chile

List archive

Chronological Thread  
  • From: "pedro huichalaf" <phuicha AT gmail.com>
  • To: "Lista de Correos Creative Commons Chile" <cc-cl AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-cl] Atención don Pedro Huichalaf o quien domine el tema en esta lista. Consulta sobre la SCD.
  • Date: Mon, 6 Aug 2007 05:04:19 +0200

Seguimos con las respuestas.

Una cosa son los sellos discográficos y otras las entidades de gestión de derechos como la SCD.
Sucede que los sellos generalmente producen tu cd y lo venden y respecto a cada cd evndido se reparten las utilidades en porcentajes al estilo 90 para mi (el sello) 10 para tí (el artista) jejeje... el porcentaje se determina según contrato.

Así, solo recopilan ese $, solo lo de ventas. Supuestamente ese cd está hecho para "uso personal", es decir, escucharlo en tu casa y prohibe cosas como copiarlo o reproducirlo en otros lugares, por ejemplo en un pub. Se prohibe en un pub, porque al colocar música para tus clientes, tú como dueño del pub te lucras de la música, porque el cliente preferirá un local con música ambiental a un local sin música.
Ahora, es ahi donde actua el SCD cobrando por la reproducción. Es decir, por el cobro autorizan que se reproduzca lucrativamente una canción.

Respecto a esta frase : "Digo... no creo que Dream Theater, Bjork, Toto, etc, sean socios de la SCD."
Ahi te equivocas, sucede que la SCD es socia con muuuchas otras sociedades gestoras alrededor del mundo. Asi por ejemplo es socia de la SGAE (que es la sociedad general de autores y editores de España) y ellos cobran los derechos de David Bisbal por ej. Ahora si un pub chileno quiere tocar temas de David B. le paga a la SCD chilena y ésta a su vez después le paga a la SGAE (previo descuento por sus servicios de recaudación).- Es una figura bastante "maquiavelica" no?
De hecho, actualmente se está tratando de generar via proyecto de ley de un canon o impuesto por cada cd virgen que recargaría el precio del cd virgen , y esos fondos serían para la SCD. La idea es que si tu compras un cd virgen si o sí lo usarás para copiar un cd original. y no cualquier cd original, sino de uno de los autores socios de la SCD. .... esto es bastante risible, pero no en España donde la SGAE logró concretar legalmente esta idea. Asi que aca en Chile... ¡¡no al canon!!! (bueno, me estoy cambiando de tema).

Asi que ya lo sabes, la SCD no cobra solo por reproducir un tema, solo cobra poor la reproducción de un tema de un socio.
lo mismo con el tema de Beethoven ( y con esto respondo a Germán Poó).

Los derechos de autor NO SON LA REGLA GENERAL (a pesar que lo quieren pintar asi), es decir, es un estado de excepción que dura ciertos años , porque la regla general es el dominio público. Asi, todos los temas de Beethoven están en el dominio público y tú puedes reproducir sus partituras en cualquier lado, copiar tus creaciones en un cd, venderlos, etc.
Pero ahi está el punto que correctamente nos dice Germán. Si tu copias un cd con la interpretación de la Orquesta de Saint Martin in the Fields que tocan una obra de beethoven, estas lesionando los derechos de autor (o de interpretación) de la orquesta, mas no de Beethoven.

Es asi de simple y complejo al mismo tiempo.
Por eso, a los artistas pequeños se les aconseja que utilicen licencias creative commons que permiten mayor difusión, porque autorizarían a que se pueda copiar y distribuir su música. Y pueden optar por una licencia qiue no permita su uso comercial para que no sean lesionados tu legítimo derecho a obtener una remuneración por autorizar su reproducción en un pub , por ejemplo.

Eso.
Un saludo!


El día 6/08/07, Germán Poó Caamaño <gpoo AT ubiobio.cl> escribió:
On Sun, 2007-08-05 at 21:43 -0400, Negrólder!! wrote:
> Muchas gracias por tu nutrida respuesta. Qué bueno saber eso de que el
> "pequeño autor" debe cobrar sus derechos personalmente en el local...
> es ridículo y en términos prácticos, infactible (existe esta
> palabra... si la inventé avísenme, sería autor de lenguaje jajaja).
>
> Quisiera extenderme y preguntarte algo más.
>
> Hasta donde yo sabía, los sellos deberían pagar por los derechos en
> los CDs que lanzan al mercado. En caso de que esto fuera cierto. ¿El
> sello en cuestión debería pagarme directaLa SCD puede gestionar derechosmente a mí ese derecho? Ya
> que entiendo por lo que me dices que la SCD sólo cobra derechos de sus
> socios. Entiendo entonces que no pueden cobrar los derechos de los que
> no son socios (y yo pelándolos durante tantos años). ¿Entonces si
> tuviera un pub podría pone sólo música internacional y no pagar ningún
> derecho? Digo... no creo que Dream Theater, Bjork, Toto, etc, sean
> socios de la SCD.

No. La SCD puede representar los derechos de artistas internacionales.

La idea de contar con una entidad gestora, es precisamente por lo
difícil que resulta que cada artista cobrar los derechos de forma
individual.

En mi humilde opinión, podrías formar una entidad que vele por
todos los derechos de los "pequeños autores".

> Bueno gracias por tu tiempo y por sacarme de mi error, alguna vez
> escuché que la SCD cobraba por el sólo hecho de reproducir un tema. O
> sea si en la planilla de programación de la radio "la espinilla"
> dijera "Ranchera rock de las ladillas" por Negrólder!! tenían que
> pagar $X por ESE TEMA fuera o no fuera socio Negrólder!!

Al final del día, son personas las que finalmente deben llevar a
cabo los procesos. Por ignorancia el operador de turno podría
cobrar o la radio pagar, sin tener por qué hacerlo.

Como dice el viejo refrán: No asumas como mala fe lo que puede
explicarse por estupidez.

> También alguien que trabajó hace muuuuuuuuuuuchos años atrás en una
> entidad parecida a lo que hoy es la SCD me dijo que la SCD era una
> cueva de ladrones porque cobraban hasta por temas de Beethoven,
> Mozart, Vivaldi, etc (o sea derechos muertos)

No soy un abogado, pero creo que lo que está protegida es la
interpretación.  Si tu quieres interpretar (como artista) una
Sinfonía de Beethoven, eres libre de hacerlo, porque las obras
son de dominio público.

Pero es distinto si lo que quieres hacer es difundir la
misma Sinfonía, pero en la interpretación de la Orquesta
de Saint Martin in the Fields o por Roberto Bravo.  Según
entiendo, son obras derivadas.

Si quieres, puedes hacer una versión Reggaeton de la
Sinfonía del Nuevo Mundo y no pagar derechos a nadie. Pero
esa versión está protegida, porque es tú versión.

Podría ser que encuentres algún disco o cinta que ya esté
en dominio público, y difundirla sin problemas.

Sólo para aclarar: Yo no estoy de acuerdo con la postura del
SCD respecto de varios temas concernientes al derecho de
autor; pero encuentro infructífero intentar demonizarlos.

Saludos,

--
Germán Poó Caamaño
Concepción - Chile

_______________________________________________
Cc-cl mailing list
Cc-cl AT lists.ibiblio.org
http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-cl




Archive powered by MHonArc 2.6.24.

Top of Page