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cc-es - Re: [Cc-es] cc y productores fonograficos

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Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: "Defunkid" <defunkid AT lamundial.net>
  • To: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] cc y productores fonograficos
  • Date: Wed, 20 Jul 2005 08:51:17 -0600

perdonar mi intento de poner esto en palabras que hasta un peludo
guitarrista de trash-metal entienda

situacion:
yo voy a una empresa estampadora para hacer copias de mi cd copyleft.
le estampador es productor fonografico (entiendo qu eno todo estampador
lo es) y no se que beneficios me puede traer esto aparte de no pagar
canon que para eso es la excepcion, en cambio por lo que veo me las
puede poner muy negro con sus "derechos"

temas como el deposito legal creo que me lo puedo hacer yo mismo aunque
tampoco se en que me beneficia hacerlo

lo que comenta laura creo que va en la linea de loq ue preguntaba
inicialmente: ponerle una renuncia a ciertos derechos por delante y que
la firme 驴no?

saludos


>
> los derechos del productor de fonogramas est谩n ubicados en el libro
ii de la lpi, que trata de los otros derechos de propiedad intelectual.
ese *otros* es importante, pues se trata de derechos conexos al de
propiedad intelectual.
> en este caso, el productor de un fonograma es la persona f铆sica o
jur铆dica responsable de la primera fijaci贸n de un fonograma.
> este derecho implica una cesi贸n de derechos previa, es un derecho
derivado, pero no deja de ser un derecho (y esto parece un di谩logo de
los hermanos marx, lo siento).
>
> en este caso, la cuesti贸n est谩 en que el autor de la obra (la m煤sica)
que se fija en el fonograma acuerde con el productor del mismo las
condiciones de cesi贸n de derechos de explotaci贸n que le realiza (para
producir un fonograma debe tenerse cedido el derecho de reproducci贸n de
la obra y si se editan ejemplares, el de puesta a disposici贸n al
p煤blico).
>
> entiendo que es muy f谩cil escribir esto, pero que si tienes que
pelearte con el propio de bmg ariola, la cosa cambia un poquito, pero
no deja de ser el derecho del autor (derecho primario) establecer las
condiciones de cesi贸n de sus derechos de reproducci贸n y puesta a
disposici贸n.
>
> kushn
>
> Defunkid <defunkid AT lamundial.net> escribi贸:
> hace tiempo ya comentamos algo sobre la figura de los productores
> fonograficos. aparte de ciertro rifirafe con uno de ellos sigo
empe帽ado
> en aclarar hasta que punto los derechos de un productor fonografico
no
> pueden ir en contra de alguien que estampa su musica cc en un cd
> mediante uno de ellos. si creeis que esto ya se aclaro
suficientemente
> olvidemos este mail.
>
> esta p谩gina de AGEDI lo explica bastante escuetamente pero resalto
este
> parrafo:
>
> DERECHOS DE LOS PRODUCTORES
> El productor fonogr谩fico tiene el derecho de autorizar o no la
> reproducci贸n (obtenci贸n de copias), la distribuci贸n
(comercializaci贸n,
> importaci贸n, exportaci贸n, alquiler) y la comunicaci贸n p煤blica
> (radiodifusi贸n y uso en locales p煤blicos) de sus fonogramas y videos
> musicales. La Ley de Propiedad Intelectual y el C贸digo Penal
contienen
> normas para la defensa y la protecci贸n de estos derechos.
>
> intuyo, en mi ignorancia, que al estampar un cd-cc se le habria de
> poner por delante un papel al productor fonografico para que renuncie
a
> los derechos que puedan ir en contra 驴no?
>
> pues eso
>
> saludos
> Defunkid
>
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