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cc-es - Re: [Cc-es] dominio publico

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Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: Malcolm Bain <mbain AT menta.net>
  • To: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] dominio publico
  • Date: Thu, 30 Jun 2005 19:53:57 +0200

Hola a todos/as

Mi punto principal es que hay una diferencia no solamente conceptual sino
tambi茅n pr谩ctica entre el public domain y el dominio p煤blico, sea "res comunis
omnia" sea "dominio p煤blico estatal". Por ello mi "no creo" anterior para el
uso
de la dedicaci贸n de public domain de la CC, .... pero un afirmativo para
buscar
otros mecanismos, como lo sugiere Abel, para obtener el mismo fin. Todo ello
en
funci贸n de lo que uno intenta realizar con esta dedicaci贸n al public domain:
"desproteger" la obra.

A nivel conceptual, en Espa帽a, como lo entiendo, no se puede dejar una obra
legalmente desprotegida, por m谩s que uno intente: los derechos morales y de
remuneraci贸n por copia privada son irrenunciables en todo caso, y hasta
despu茅s
de pasar al dominio p煤blico se mantienen los derechos a la integridad y de
reconocimiento de autor铆a (Art 41 LPI). Este no es el caso del "public domain"
americano, que permite a todos hacer lo que quieran con la obra - no limits -
una ausencia de protecci贸n legal: nada de citar el autor, ni pedir
autorizaci贸n
para parodiar o usar la obra de manera que pudiera eventualmente perjudicar
los
intereses del autor original (aunque seguramante este autor tendr谩 otros
recursos para protegerse - pero no bajo el derecho de copyright).

En la practica esta diferencia implica que, aunque un autor renuncie a ejercer
sus derechos patrimoniales (Laura dixit, David sugerit) o si 茅stos se
extinguen
por transcurso del tiempo, el usuario eventual estar谩 a la merced de un
autor/heredero que quiera retirar la obra, exigir el reconocimiento, etc., y
tambi茅n tendr铆a que buscar el consentimiento del titular de los derechos
morales
si quisiera modificar la obra en algunas circunstancias (el derecho moral de
la
integridad siendo, para mi entender, una extensi贸n del derecho patrimonial de
la
modificaci贸n). Por lo tanto, es una cuesti贸n de riesgo para el usuario
eventual,
sea lo que fuere la intenci贸n del autor original.

Adem谩s, el usuario seguir谩 pagando indebidamente por "copia privada" ... pero
ello es otra historia! 脡sta es otra duda que tengo relativa a la dedicaci贸n al
dominio p煤blico - la relaci贸n entre el dominio p煤blico, la remuneraci贸n por
copia privada (irrenunciable) y su gesti贸n (obligatoria, parece?) por las
entidades de gestion de derechos. Algo que ya se ha comentado en la lista.

Algui茅n se imagina un mecanismo para contornar los derechos morales y la SGAE?

Saludos
Malcolm




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