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cc-es - Re: [Cc-es] Otra vez con la obra derivada

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Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: "David" <aristegui AT nodo50.org>
  • To: "Abel Garriga Moyano" <abel AT icab.cat>
  • Cc: llista CC-es <cc-es AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-es] Otra vez con la obra derivada
  • Date: Sat, 20 Jul 2013 10:16:01 +0200

Donde se explica muy bien por qu茅 s铆 se puede comercialziar un dibujo de
Mickey Mouse es en el libro Copyrights and Copywrongs: The Rise of
Intellectual Property and How It Threatens Creativity, NYU Press, 2001, de
Siva Vaidhyanathan.
http://www.columbia.edu/itc/soa/dmc/siva_vaidhyanathan/

Es central en el libro la idea de la dicotom铆a idea-expresi贸n y de como la
PI s贸lo protege la expresi贸n, pero con la industria presionando y
ejerciendo de lobby constantemente pare que eso se olvide, generando
p谩nico moral.

Tanto es as铆 que hasta expertos en PI ya creen que las ideas (Mickey
Mouse) est谩n protegidas y es como conducir por la izquierda ;-)

Saludos!!!

> A la pregunta del rat贸n, la respuesta es simplemente no. Bueno, s铆 que
> puedes, pero est谩s infringiendo la LPI sin discusi贸n. Vamos, como si
> condujeras por la izquierda.
>
> Es verdad que la obra derivada tambi茅n es considerada obra en el sentido
> de
> la LPI, y en consecuencia el autor de esta obra derivada tiene derechos de
> PI sobre la misma. Por eso tienes raz贸n cuando dices que este dibujo es
> tuyo, nadie lo discute.
>
> Pero, puesto que esta obra derivada es una transformaci贸n de la obra
> original, y el titular de la obra original tiene entre otros derechos, el
> de transformaci贸n, si no te autoriza no puedes realizar esta
> transformaci贸n.
>
> Ojo, estamos hablando siempre de usos que trasciendan la esfera privada y
> dom茅stica, en cuyo caso estar铆amos o bien ante una caso de uso inocuo o de
> uso amparado por el l铆mite de copia privada, seg煤n el caso.
>
> El uso comercial que planteas en la cuesti贸n queda fuera de este
> restringido 谩mbito y por el motivo dicho antes requerir谩 de la
> autorizaci贸n
> de su titular.
>
> Saludos,
>
> Abel
>
>
> 2013/7/17 David <aristegui AT nodo50.org>
>
>> Por aclaranos, 驴yo no puedo hacer un dibujo de Micky Mouse y
>> comercializarlo?
>>
>> Evidentemente hablo de hacerlo sin utilizar ninguna marca registrada de
>> Disney (no vulnerar铆a ninguna propiedad industrial), y lo vender铆a como
>> "Retrato de un rat贸n famoso", por ejemplo, o como "Mi padre disfrazado
>> de
>> rat贸n de la tele".
>>
>> Ese dibujo ser铆a una obra original y yo creo que no entra en ninguno de
>> los supuestos de la obra derivada de la LPI:
>>
>> Art铆culo 11. Obras derivadas
>>
>> Sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original, tambi茅n
>> son
>> objeto de propiedad intelectual:
>> 1. Las traducciones y adaptaciones.
>> 2. Las revisiones, actualizaciones y anotaciones.
>> 3. Los compendios, res煤menes y extractos.
>> 4. Los arreglos musicales.
>> 5. Cualesquiera transformaciones de una obra literaria, art铆stica o
>> cient铆fica.
>>
>> M谩s sobre el tema http://copyrait.com/archivo/28.pdf
>>
>> Saludos!!!
>>
>> > Hola David,
>> >
>> > En mi biblioteca tengo una monograf铆a sobre este tema, de Cristina
>> L贸pez
>> > S谩nchez, "La transformaci贸n de la obra intelectual", Dykinson 2008,
>> creo
>> > que te puede interesar.
>> >
>> > No te puedo hacer una cr铆tica porque, honestamente, simplemente lo he
>> > ojeado. Se trata de un libro claramente acad茅mico, seguro que te sirve
>> > para
>> > aclarar conceptos.
>> >
>> > Aunque me temo que (MIckey Mouse a parte, que s铆 es claramente una
>> > reproducci贸n) de lo que est谩s hablando es m谩s de la calificaci贸n del
>> > supuesto de hecho antes que de una cuesti贸n de interpretaci贸n de la
>> norma:
>> > efectivamente de lo que se trata es de poder justificar que estamos
>> ante
>> > una obra original y no una transformaci贸n.
>> >
>> > Y para ello, hay dos m茅todos: o bien encontrar una referencia com煤n
>> entre
>> > ambas obras (la que reclama que es copiada/transformada y la tuya) de
>> modo
>> > que puede entenderse que ambas derivan de una tercera, a la cual ambas
>> se
>> > deben (es decir, en lugar de una linea, un tri谩ngulo) o bien se
>> deber铆a
>> > alegar que ambas obras son la expresi贸n de una idea, de modo que est谩n
>> > obligadas a convivir.
>> >
>> > Sobre esta cuesit贸n llev茅 un asunto sobre la canci贸n de Manu Chao "Me
>> > gustas tu" para la de la agencia de publicidad que hab铆a preparado
>> una
>> > campa帽a con una canci贸n para un diario de distribuci贸n gratuita.
>> >
>> > La m煤sica era totalmente diferente, como finalmente la sentencia
>> reconoci贸
>> > para tranquilidad de mis clientes. La letra era muy similar a la de la
>> > canci贸n de Manu Chao, jugando con el me gusta ***, me gustas tu, en
>> este
>> > caso era me gusta ***, me gusta mi (marca del diario).
>> >
>> > Pues bien, la sentencia -en apelaci贸n- desestim贸 la demanda de Chao
>> por
>> > que
>> > la composici贸n musical para el spot era sustancialmente diferente. De
>> la
>> > letra en cambio no dijo nada en particular, quiz谩 admitiendo nuestras
>> > alegaciones en el sentido indicado antes: si bien la letra de ambas
>> > canciones es similar, una no es transformaci贸n de la otra sino que
>> ambas
>> > son la expresi贸n de una idea y la utilizaci贸n de un recurso literario
>> > prexistente a ambas (nos pudimos remontar al siglo de oro espa帽ol).
>> >
>> > Lo que pas贸 aqu铆 y por cuyo motivo se confundi贸 tanto el perito de
>> Caho
>> > como el juez de primera instancia, fue precisamente la similitud de
>> las
>> > letras, que les indujo a pensar que la m煤sica era igual, lo que
>> claramente
>> > no era.
>> >
>> > Tambi茅n aparece la cuesti贸n en las demandas que ha recibido Rowling
>> por
>> el
>> > ni帽o mago, aunque pertenecen a otras jurisdicciones.
>> >
>> > Lo dicho antes, se trata m谩s bien de calificaci贸n del supuesto de
>> hecho,
>> > lo
>> > que en PI es en muchas ocasiones un terreno complicado.
>> >
>> > Saludos y felicidades por el proyecto,
>> >
>> > Abel
>> >
>> >
>> > 2013/7/7 david <dvd AT enlloc.org>
>> >
>> >> ya os he comentado en otras ocasiones cuestiones relacionadas con la
>> >> obra derivada a partir de la experiencia con el proyecto wikiArS en
>> el
>> >> que estudiantes de arte crean im谩genes para Wikipedia.
>> >> Ahora os quer铆a pedir si conoc茅is literatura jur铆dica, acad茅mica,
>> etc...
>> >> que hable sobre el concepto y sus l铆mites. Y tambi茅n vuestra opini贸n
>> si
>> >> quer茅is comentar el tema.
>> >> Porqu茅 forzando el concepto entiendo que cualquier dibujo que no sea
>> del
>> >> natural podr铆a ser considerado obra derivada de algo, pero
>> >> intuitivamente entiendo que ser铆a un disparate.
>> >>
>> >> Para contextualizar la cuesti贸n os remito a esta discusi贸n en el caf茅
>> de
>> >> Wikipedia d贸nde suele salir el tema cuando presentamos resultados de
>> la
>> >> iniciativa:
>> >> http://es.wikipedia.org/wiki/Wikipedia:Caf%C3%A9/Archivo/Miscel%C3%
>> >>
>> >>
>> A1nea/Actual#Nuevos_gr.C3.A1ficos_de_wikiArS:_animales.2C_animaciones.2C_cuentos_y_retratos
>> >>
>> >> Lo que est谩 en cuesti贸n es si los dibujantes que han tomado obras
>> >> protegidas como referencia (fotos, v铆deos, ....) pero sin copiarlas
>> >> pueden liberar su trabajo considerando que no est谩n haciendo obras
>> >> derivadas de esas obras de referencia.
>> >>
>> >>
>> >> Gracias de antemano.
>> >>
>> >> David G.
>> >>
>> >>
>> >> _______________________________________________
>> >> Cc-es mailing list
>> >> Cc-es AT lists.ibiblio.org
>> >> http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es
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