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Re: [Cc-es] más sobre licencias y obras derivadas
- From: David Maeztu <davidmaeztu AT gmail.com>
- To: CC-es <cc-es AT lists.ibiblio.org>
- Subject: Re: [Cc-es] más sobre licencias y obras derivadas
- Date: Wed, 25 Apr 2007 10:50:53 +0200
david escribió:
> Esto de introducir la cuestión de las licencias en la práctica docente
> da mucha casuÃstica (especialmente si tienes 80 estudiantes)...
>
> Si no os importa planteo 2 casos a ver qué os parecen.
>
> Pero antes contextualizo: estamos en los estudios de multimedia de la
> UOC, asignatura de gráficos y mis enunciados de actividades de
> evaluación incorporan el tratamiento de derechos de uso sobre la obra.
> http://multimedia.uoc.edu/~grf/index.php/PEC1_gráficos1_2007
> http://multimedia.uoc.edu/~grf/index.php/Práctica_1_gráficos1_2007
> http://multimedia.uoc.edu/~grf/index.php/Práctica_2_gráficos1_2007
>
> Vamos a los casos:
>
> 1. UBUNTU - Copyleft + Marca registrada
> Algunas cuestiones desentrañadas en un diálogo con una estudiante a
> propósito del sÃmbolo gráfico de "ubuntu", la distribución de Linux que
> realiza la empresa Canonical. Ver:
> http://multimedia.uoc.edu/~grf/index.php/Discusión:PEC1_2007_Maria_Simó
>
> Según se deduce de la información encontrada, Canonical por una parte
> licencia su logo bajo la licencia copyleft Creative Commons
> Attribution-Share Alike 3.0. Mientras por otra parte usa la marca
> registrada para proteger el mismo logo de cualquier obra derivada que no
> sea un cambio de tamaño y de cualquier uso/distribución que no sea
> asociado a sus productos.
> ¿Tiene sentido aquà usar la CC? ¿No serÃa mejor que usaran una licencia
> propia y asà evitar confusión?
Las marcas cumplen una función diferente a la propiedad intelectual. Las
marcas identifican a productos. Lo que no puedes hacer es cambiar el
logo de ubuntu y etiquetar la dstribución como ubuntu con ese logo
modificado, por el riesgo de confusión al consumidor.
Si tiene sentido porque puedes hacer obras derivadas del logo para otras
cosas que no sean empaquetra software, o la clase de la clasificación de
Berna en que esté registrada la marca.
>
>
> 2. STOCK.XCHNG y las obras derivadas
> En una práctica tienen que usar imágenes externas para un trabajo propio
> y tienen que decidir con qué licencia lo publican (que sea compatible
> con la de las imágenes usadas). A pesar de la recomendación de usar
> imágenes con licencias claras muchos recurren a servicios conocidos como
> http://www.sxc.hu que tienen términos de uso propios:
> http://www.sxc.hu/help/8_1
> http://www.sxc.hu/help/8_2
>
> Los usos permitidos parece que podrÃan incluir la creación de obras
> derivadas por la inclusión de la imagen en otros trabajos:
> * "You may use the Image ... In digital format on websites, multimedia
> presentations, ..."
> * "The work You create with the Image must be used either by yourself or
> by your client."
> Aunque explÃcitamente no se dice que se puedan crear obras derivadas.
Yo creo que no se permite la realización de obras derivadas, lo que se
refiere es que permite la obra compuesta, artÃculo 9 de la LPI.
Como bien señalas te permiten incluir la imagen en formato digital en
sitios web, multimedia, presentaciones, etc, pero eso son obras
compuestas, no obras derivadas, artÃculo 11 LPI.
>
> También queda claro que no puedes re-licenciar la imagen obtenida:
> * "We hereby grant to You a non-exclusive, non-transferable license to
> use the Image"
> * "SELLING AND REDISTRIBUTION OF THE IMAGE (INDIVIDUALLY OR ALONG WITH
> OTHER IMAGES) IS STRICTLY FORBIDDEN! DO NOT SHARE THE IMAGE WITH
> OTHERS!"
> * "Your license is non-transferable, which means that You are not
> allowed to sell, rent, give, sublicense, or otherwise transfer the Image
> or the right to use the Image to anyone else"
>
> Por lo tanto entiendo que la obra derivada no será compatible con
> ninguna licencia Creative Commons (ya que implica ceder derechos a
> terceros).
Efectivamente, no tienes permisos para sublicenciar la imagen.
>
> Conclusión: Si alguien crea una imagen nueva a partir de una imagen
> obtenida de STOCK.XCHNG tendrá que acreditar la autorÃa y los derechos
> reservados sobre parte de esta imagen y, entiendo, proteger asimismo la
> nueva creación reservando todos los derechos de uso. Ya que si no lo
> hiciera asÃ, ceder derechos sobre la obra derivada implicarÃa cederlos
> sobre la original y romper con las condiciones de uso que se le han
> otorgado.
> ¿estáis de acuerdo con esta conclusión?>
Por lo que dices, repito no puedes hacer una obra derivada.
>
>
> Saludos.
Un saludo.
>
> David G.
>
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Re: [Cc-es] cc-by en publicidad,
David Maeztu, 04/20/2007
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Re: [Cc-es] más sobre licencias y obras derivadas,
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Re: [Cc-es] más sobre licencias y obras derivadas,
David Maeztu, 04/25/2007
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- Re: [Cc-es] más sobre licencias y obras derivadas, Ignasi Labastida i Juan, 04/25/2007
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Re: [Cc-es] más sobre licencias y obras derivadas,
david, 04/25/2007
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David Maeztu, 04/20/2007
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