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cc-es - Re: [Cc-es] CC y el canon

cc-es AT lists.ibiblio.org

Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: Aitor <aitor AT e451.net>
  • To: Miquel Vidal <miquel AT barrapunto.com>
  • Cc: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] CC y el canon
  • Date: Mon, 5 Mar 2007 19:16:30 +0100

Es la sociedad la que paga en su conjunto, incluidos los autores. Se pagan todas las copias privadas incluyendo la m铆a que se publica con CC, por tanto, 茅sta tambi茅n contribuye al precio que se paga en conjunto. Es cierto que no supone una traba para la difusi贸n, ya que al pagar siempre (por toda obra) en forma de canon ninguna obra adquiere ventaja sobre otra.

La l贸gica es muy sencilla, las copias privadas de mis obras con CC generan una remuneraci贸n por este concepto. Si se admite que una CP en concreto genera remuneraci贸n (relaci贸n CP/canon) hay que admitir la relaci贸n en el otro sentido: las CPs tienen un precio (relaci贸n precio/CP).

-a




El 05/03/2007, a las 18:42, Miquel Vidal escribi贸:

El lun, 05-03-2007 a las 15:00 +0100, Aitor escribi贸:
Esto fue lo que me hizo saltar la chispa. Pero si la ley dice que el
autor permite la copia privada, de forma obligada por ser
irrenunciable, a cambio de la remuneraci贸n compensatoria, est谩
poniendo unas condiciones ineludibles. As铆 que s贸lo cabr铆a interpretar
que la autorizaci贸n de las licencias CC se hace efectiva s贸lo en los
casos que no contradice la ley. Es decir, estamos obligados a poner
precio a la difusi贸n de la obra. Corregidme si me equivoco.


veamos, la remuneraci贸n compensatoria no es "a cambio" de una copia
privada en concreto, ya que el canon se cobra siempre por el soporte
virgen o por la fotocopia, incluso aunque no vaya destinado a reproducir
obra sujeta a derechos: piensa mejor en una especie de impuesto, que el
consumidor pagar谩 copie lo que copie, fotocopie lo que fotocopie. Por
tanto, interpretar que "pones precio" a la difusi贸n de tu obra es m谩s
una cuesti贸n personal tuya, que quieras verlo as铆, pero que no responde
a la realidad: t煤 distribuyes tu obra todo lo libremente y gratuitamente
que la ley permite. No pones precio a los derechos de explotaci贸n, si no
quieres, que es lo 煤nico que depende de ti como autor. En cambio, evitar
o no el cobro del canon "compensatorio" no es algo que est茅 en manos del
autor decidir, sino de las entidades de gesti贸n, que son las 煤nicas que
por ley pueden recaudarlo.

As铆 que no, si no quieres (nc) no pones condici贸n remunerativa alguna al
usar una licencia CC: simplemente hay aspectos legales (como el canon)
que excede a la licencia misma, porque no es propiamente un derecho de
explotaci贸n.

--m









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