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cc-co - Re: [Cc-co] actualizacion

cc-co AT lists.ibiblio.org

Subject: Lista de discusión del proyecto Creative Commons Colombia

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  • From: carolina botero <carobotero AT gmail.com>
  • To: [diegueus9] Diego Andrés Sanabria <zessa9 AT gmail.com>
  • Cc: cc-co AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-co] actualizacion
  • Date: Wed, 26 Oct 2005 06:43:59 +0200

Hola!!
Es mas complicado que eso... El sistema de derechos de autor tiene dos componentes (como cualquier ley) el régimen local y el internacional. Ambos estan reconocidos en la constitucion y deben ser respetados por Colombia en un juego dificil de equilibrios, los demas instrumentos legales (actos jurídicos unilaterales y bilaterales diferentes de la ley y los tratados internacionales como contratos, licencias, testamentos, etc.) estan obligados a someterse al régimen legal.

El TLC tiene entonces dos escenarios uno que seria la no firma, que significa que no se modifica el régimen legal existente, eso al margen de las consecuencias comerciales y del detrimento en la relación bilateral con EEUU, es una posibilidad muy remota debido a la fuerte presión que efectivamente ejerce EEUU sobre su zona de influencia.

El otro escenario es la firma sea esta en las condiciones que sea. El  TLC que se está firmando, como cualquier otro tratado internacional para que tenga sus efectos en Colombia tendria que surtir un trámite ante el Congreso para que internamente sea convertido en Ley y entre a operar, esto garantiza un control de ´legalidad´del propio tratado para la legislación interna. Significa que si de alguna manera colombia admitiera una modificación al sistema jurídico de derechos de autor,por ejemplo (o al de propiedad industrial, o al comercial o...), estará en todo caso sujeto a una modificación del régimen interno que además en este tema está regulado por Decisiones del Acuerdo de Cartagena (Pacto Andino) y por convenciones internacionales (Convenio de Berna por ejemplo) que implican a su turno compromisos adquiridos por el país.

Los puntos que son de interes de EEUU para modificar  seguramente estarán dentro del ámbito del pacto andino y será con estos paises que debamos ajustar los términos de los tratados si es que se modifican (ejemplo plazos o la autoría de personas jurídicas).

En ninguno de los dos escenarios ocurre casi nada con la adaptación de la licencian. La explicación es sencilla. El sistema de CC está basado en el de derechos de autor (Copyright) y se fundamenta en la disposición voluntaria de derechos que tienen las personas titulares de tales protecciones.

Por esto en el análisis de las licencias CC un elemento importante es tener encuenta que existen dos esquemas jurídicos involucrados el sistema de derecho comun y el sistema de derecho civil (nos importan por ser los sistemas jurídicos americano e ingles y Colombiano, latinoamericano y de europa continental respectivamente, dejamos de lado otros como el islámico). CC nace y se desarrolla en el sistema americano, pero esots dos sistemas en lo fundamental están muy unificados a nivel internacional, aunque mantienen diferencias. Las diferencias ya vienen siendo manejadas por los tratados internacionales y son básicamentelas que buscamos conjurar con una licencia local (derechos morales por ejemplo), además de incluir nuestras propias diferencias si ello fuera necesario.

Conclusión, si se firma o no se firma el TLC precisamente nuestra labor es mantener al dia la licencia CC en el marco de la legislación colombiana. Hoy debemos hacerla con base en la existente, mañana cuando sepamos lo que ocurra en el TLC deberemos analizar las modificaciones para ver si es necesario ajustar algún término de la licencia.

Disculpen si me extendi
Hasta pronto
carolina

pd. Tienes razon, estoy haciendo un lio con la forma de responder, Corregido!!




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