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cc-es - Re: [Cc-es] Me estas decepcionando, DEFUNKID...

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Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: Javier de la Cueva <jdelacueva AT derecho-internet.org>
  • To: cc-es AT lists.ibiblio.org, al016950 AT yahoo.es
  • Cc:
  • Subject: Re: [Cc-es] Me estas decepcionando, DEFUNKID...
  • Date: Fri, 10 Dec 2004 10:07:13 +0100

El Jueves, 9 de Diciembre de 2004 23:49, David Gil escribi贸:
> Todo esto me interesa tambi茅n porque es verdad que
> s铆 que se puede, uno de los argumentos de que el canon es
> inconstitucional (www.derecho-internet.org/canon) no ser铆a del todo
> cierto y eso es importante saberlo, ya que yo pensaba llevar a cabo
> la demanda contra el canon.

Hola David.

El asunto de poder estampar CDs sin pertenecer a la SGAE no se toca en
la demanda contra el canon puesto que pertenece a la legalidad
ordinaria (aplicaci贸n de las leyes normales) y no a la legalidad
constitucional.

Es m谩s, en su momento no us茅 el argumento para no extenderme en
cuestiones de defensa de la competencia.

Cuesti贸n diferente es que en la demanda, cuando se estudia el derecho
de compensaci贸n, se explique que hay dos supuestos de exenci贸n: lo
que diga el Ejecutivo (mediante una norma) y

"Los productores de fonogramas o de videogramas y las entidades de
radiodifusi贸n, por los equipos, aparatos o materiales destinados al
uso de su actividad siempre que cuenten con la preceptiva
autorizaci贸n para llevar a efecto la correspondiente reproducci贸n de
obras, prestaciones art铆sticas, fonogramas o videogramas, seg煤n
proceda, en el ejercicio de tal actividad, lo que deber谩n acreditar a
los deudores y, en su caso, a sus responsables solidarios, mediante
certificaci贸n de la entidad o entidades de gesti贸n correspondientes,
en el supuesto de adquirir los equipos, aparatos o materiales dentro
del territorio espa帽ol."

Esta necesidad de que el certificado te lo den las entidades de
gesti贸n es lo que, creo, atenta contra la libre competencia, ya que
deber铆a bastar tu alta en el IAE como productor para que no se te
aplicase el canon y no necesitar permiso de una entidad de gesti贸n.

Pero, repito, no es objeto de la demanda. La demanda desarrolla un
solo punto: 驴Es constitucional que todo el papel del S. XXI est茅
timbrado y dicho timbre se gestione por una entidad privada?

--
Saludos,
Javier de la Cueva




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