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cc-mx - Re: [Cc-mx] Opiniones sobre el mito de CC.

cc-mx AT lists.ibiblio.org

Subject: Discusi髇 p鷅lica sobre la adaptaci髇 de la licencia de CC a la legislaci髇 mexicana

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  • From: Le贸n Felipe S谩nchez Amb铆a <lion05 AT mac.com>
  • To: fjordan AT fjordan.com
  • Cc: CC-Mx mailing list <cc-mx AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-mx] Opiniones sobre el mito de CC.
  • Date: Fri, 5 Aug 2005 00:34:20 -0500

Me da mucho gusto estar en esta lista y deseo exponer

mis puntos de vista respecto a Creative Commons.

Bienvenido a la lista Federico. Nos da mucho gusto que cada d铆a se sume m谩s gente a esta discusi贸n sobre el borrador de las licencias y podamos enriquecer la misma con las opiniones y puntos de vista que aqu铆 convergen.

Recibo regularmente mensajes de profesionales y

estudiantes del dise帽o afirmando las ventajas que

proporciona Creative Commons (CC).

Creo que la idea de Larry Lessig, en su organizacin

de CC, a pesar del apoyo que presenta y de algunas

victorias judiciales en las cortes estadounidenses, no

tiene la fortaleza y el espritu del Copyright creado

por UNESCO y las alteraciones que Larry propone al

Copyright perjudican a los artistas independientes y

sus legados. CC no es un proyecto fundado en el mismo

espritu universal del Copyright.

Difiero de tu opini贸n debido a que el proyecto de Creative Commons tiene como base fundamental, precisamente, el esp铆ritu universal del Copyright a que haces alusi贸n. Creative Commons se basa en el sistema legal actual que protege los derechos de autor y su principal inter茅s es respetar y proteger estos derechos, al mismo tiempo que pretende proporcionar herramientas a los creadores de obras que les permitan tener completo control sobre los t茅rminos en que deseen licenciar y poner a disposici贸n sus creaciones a un p煤blico cada vez m谩s 谩vido de conocimiento.

Las licencias basadas en el Copyleft, fundadas en

parte por el respetado Richard Stallman, no son el

nico medio para fomentar la dispercin de las ideas,

las herramientas y el conocimiento; pero si

reprepresentan a mi punto de vista la destruccin de

industrias basadas en la creacin intelectual. Las

ideas del Copyleft y Creative Commons representan una

agresin al derecho moral del autor.

Respeto tu punto de vista aunque, nuevamente, no coincido con el mismo. Como bien mencionas, las licencias de Creative Commons no son el 煤nico medio para fomentar esta dispersi贸n de ideas y conocimiento. De la misma forma, no pretenden constituirse en un medio 煤nico para dicho fin; muy por el contrario, pretenden ser una alternativa m谩s para los autores y usuarios.

Por lo que respecta a tu 贸ptica de que las licencias de Creative Commonsrepresentan una agresi贸n al derecho moral del autor, mi impresi贸n es que este es un punto en el que muy com煤nmente se distorsionan y se malinterpretan los objetivos que persigue Creative Commons. Creative Commons no pretende, en ning煤n momento, menoscabar, deteriorar o violentar los derechos de autor. Como lo he venido reiterando, el proyecto se funda en el actual marco de protecci贸n a los derechos de autor y tiene como fin primordial la protecci贸n de dichos derechos al tiempo de contribuir a una flexibilizaci贸n en cuanto al uso de las obras que los mismos amparan. Cabe destacar que todo esto POR VOLUNTAD DEL AUTOR dado que, como mencion茅 anteriormente, las licencias de Creative Commons representan una alternativa m谩s para los autores que tienen la absoluta libertad de optar por las mismas o por cualquier otra que se acomode a sus necesidades de protecci贸n.

Pido atencin a no seguir ideas que por estar en voga

puedan precer acertadas a primera instancia y les pido

darles una revisin profunda antes de tomar una

postura ante ellas. Creo sin embargo que los cambios

en materia autoral son siempre necesarios en un mundo

que cambia continuamente, pero siempre sin perjudicar

al patrimonio del autor.

Concuerdo contigo. No se debe perjudicar, en ning煤n momento y por ninguna causa, el patrimonio ni el derecho del autor.

Voy a responder algunos comentarios a favor de CC a

visitantes en mi sitio fjordan.com con este documento

(

http://www.fjordan.com/more/documentos/holland_turner.pdf

) que firm junto a un considerable grupo de

ilustradores y asociaciones en contra de una de las

propuestas de Larry Lessig, creador de Creative

Commons. El documento fue preparado por Brad Holland y

Cynthia Turner del Illustration Partnership of America

(IPA). Fui miembro de IPA del ao 2000 hasta el 2004 y

quiero aclarar que el documento tiene un error al

mencionar que soy miembro de Ilustracin Mxico de

Carlos Lara.

Te agradezco que nos proveas de material tan interesante como el que amablemente refieres. Creo que es importante reiterar que Creative Commons no pretende entregar al dominio p煤blico ninguna obra creativa, independientemente de que su autor sea conocido, desconocido, se pueda localizar o no se pueda localizar. Las condiciones para que una obra intelectual se haga de dominio p煤blico est谩n claramente establecidas en la legislaci贸n vigente para la materia. En este mismo sentido, Creative Commons no difiere de dichos conceptos vertidos en nuestra legislaci贸n dado que se basa en la misma.聽聽

En respuesta a un comentario de un visitante que

Escribi:

聽聽聽 Creative Commons est, en tal caso, protegiendo un

campo (Nota: refiere el comentario al Internert en

especial) que no estaba legislado de ninguna forma.

Quiero expresar que nunca ha estado sin legislar la

proteccin sobre toda creacin intelectual en

cualquier medio y en especial en el Internet, que

desde 1998 se di de alta una ley en el Congreso

Estadounidense, el resultado fue las reglas del

Digital Millenium Copyright Act. Estoy de acuerdo a

que las licencias de Creative Commons se centran en la

legislacin del Copyright y acuerdan el uso y las

licencias sobre el derecho patrimonial del autor, pero

siempre perjudicando el derecho moral del mismo y

buscando la filosofa radical del Free Culture.

Concuerdo parcialmente con tu comentario, sin embargo, la DMCA tiene vigencia y fuerza 煤nicamente en territorio de los Estados Unidos de Am茅rica, no as铆 en nuestro pa铆s. Al respecto, el 3 de agosto de 2005 se envi贸 la INICIATIVA DE LEY CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA EL ART脥CULO 13 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS DE AUTOR, EN MATERIA DE RAMAS SUJETAS A PROTECCI脫N a la Comisi贸n de Educaci贸n P煤blica y Servicios Educativos de la C谩mara de Diputados (http://www.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/?sesion=2005/08/03/1&documento=23) en donde se adiciona la fracci贸n XV que pretende proteger las p谩ginas de Internet que contengan dise帽os y creaciones intelectuales o de car谩cter art铆stico. En consecuencia, se aprecia que, en nuestro pa铆s, existen a煤n lagunas en la legislaci贸n de derechos de autor.

Sin embargo, es muy importante aclarar que Creative Commons no pretende normar ni legislar o regular ning煤n aspecto de la vida nacional. Creative Commons pone a disposici贸n del p煤blico en general herramientas que les permitan elegir, bajo su m谩s absoluta discrecionalidad y libertad, los t茅rminos bajo los que desean licenciar sus obras en caso de que opten por este esquema de licencias.

Apoyaras a una organizacin -como la de Creative

Commons- que quiere limitar la propiedad sobre tu

trabajo intelectual a un peri铆oo mucho menor de tiempo

o a quien quiere hacer de dominio pblico tu trabajo

si no encuentra tu referencia (orphan works)?

Nuevamente difiero de tu concepci贸n respecto a lo que representa y persigue Creative Commons. Como he venido mencionando, Creative Commons no pretende limitar, menoscabar, restringir, disminuir o demeritar los derechos de autor. Tampoco pretende hacer del dominio p煤blico el trabajo de nadie. Hay que partir de la base que Creative Commons no tiene facultades ni atribuciones para disponer del trabajo de nadie, en consecuencia, no puede ni pretende hacer del dominio p煤blico las obras de nadie.

Creative Commons defiende los derechos del autor e impulsa principalmente el derecho que el mismo tiene para decidir sobre su obra y el destino y uso que desee darle a la misma. Creative Commons quiere ayudar al autor por medio de las herramientas que pone a su disposici贸n.

Yo no.

Concuerdo contigo. Debido a que me considero un defensor de los derechos de autor, me identifico con el movimiento, el concepto y la filosof铆a de Creative Commons. No apoyo el dem茅rito ni la vejaci贸n de los derechos de autor y por lo mismo apoyo a Creative Commons. Estoy convencido de que el fin que persigue Creative Commons es la protecci贸n flexible de los derechos de autor y en consecuencia quiero contribuir a que dicha protecci贸n se ofrezca de forma correcta en mi pa铆s, apeg谩ndose a la legalidad y a la realidad del mismo.

Federico Jordan, illustration.

http://www.fjordan.com

Phone: 888 462 2094

Saludos cordiales,

Le贸n Felipe S谩nchez




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