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cc-es - Re: [Cc-es] CC para Hardware

cc-es AT lists.ibiblio.org

Subject: Creative Commons en Espaņa

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  • From: David Maeztu <david.maeztu AT aulir.com>
  • Cc: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] CC para Hardware
  • Date: Thu, 26 May 2005 16:45:37 +0200

Misael wrote:

Hola;

Estoy metido en una fundación en la que queremos distribuir, libremente, por internet, y bajo las licencias CC nuestros projectos. La idea sería abrirlos, y permitir a los usuarios (tras registrarse en la web y confirmar en una pro-forma que aceptan que todo lo que ellos aporten también estará bajo licencias CC) que colaboren e interactúen con ellos.

Nuestros projectos son interfaces de audio, compuestas por una controladora MIDI/OSC de hardware, que controla un programa de audio en un ordenador.

Nuestra duda es; ¿hasta qué punto estarían protegidos los diseños de hardware bajo licencias CC? ¿es posible proteger diseños, planos, de interfaces hardware bajo CC?.

La protección de los diseños con aplicación industrial cae bajo el ámbito de su propia normativa como propiedad industrial, en este caso el hardware puede entenderse de esta manera, y por lo tanto no se encuentra amparado bajo el derecho de autor. Según la innovación que incorpore podría hablarse de patentes, modelos de utilidad o dibujos industriales, eso habría que verlo, respecto al diseño del hardware.

Nuestra mayor preocupación es que alguien nos "patente" nuestras propias interfaces, lo que nos impediría seguir  desarrollando el proyecto de forma abierta. Si esa circunstancia ocurriese, ¿hasta qué punto podríamos defendernos con las licencias CC?¿sería recomendable recurrir a las patentes, aunque sólo fuese para los diseños mas "golosos" desde un punto de vista comercial?.

En el caso de las interfaces, entendiendo yo que te refieres a alguna forma software de interacción con el elemento hardware, en este caso podríamos estar ante la protección de la Ley de Propiedad Intelectual, y podrías, al objeto de tener una mayor protección, registrar el software en el registro de la propiedad intelectual, o si representa una innovación importante solictar una patente de software, que por desgracia cuelan...

Un cordial saludo,

Misael Rodríguez

Utrecht School of Music & Technology (Netherlands)

Con las licencias te puedes defender lo mismo que con el copyright tradicional, mientras las clausulas se adapten a la Ley de Propiedad Intelectual, (en este caso parece ser Holanda?) no hay problema, y el objeto esté protegido por esta norma, con las patentes podrías, una vez concedidas, licenciarlas como desees, pero creo que las licencias CC no estan pensando en patentes, podrías desarrollar una muy similar para el caso particular, ...aunque como siempre se admiten opiniones.

Un saludo.




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