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Subject: Creative Commons en España
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- From: Javier Candeira <candeira AT gmail.com>
- To: cc-es AT lists.ibiblio.org
- Subject: [Cc-es] Re: Resumen de Cc-es, Vol 9, EnvÃo 11
- Date: Fri, 15 Oct 2004 15:53:52 +0200
[miquel]
> > Bueno, como mi admirado Carlos Sánchez Almeida, yo prefiero el Dominio
> > Público (tal y como libero mis obras) pero no por ello dejo de apoyar y
> > trabajar para CC.
> >
> me sorprende que tanto Carlos como tú insistáis tanto en un supuesto
> antagonismo entre "apoyar a CC" y "apoyar el dominio público". También
> uno de los que estuvo presente en el acto de presentación en Barcelona
> --el poeta Prenafeta-- insistió en ello. Me permito recordar que CC es
> una asociación que no solo apoya el de dominio público desde su
> fundación (es lo que significa "commons" en un sentido lato), sino que
> incluso Lessig ha llevado la defensa del dominio público a los
> tribunales estadounidenses frente a quienes pretenden que sea eterno (lo
> perdió). Pero no es solo que CC "apoye el concepto de dominio público",
> sino que Creative Commons dispone de una opción legal para acogerse al
> dominio público:
>
> http://creativecommons.org/licenses/publicdomain/
>
> cierto que por ahora no la hemos traducido, pero no a causa de ninguna
> clase de "antagonismo", sino simplemente por la diferencia técnica que
> hay entre el dominio público estadounidense y el nuestro, que exige un
> trabajo especÃfico.
Apoyo completamente la interpretación de Miquel (la preservación del
dominio público es uno de los caballos de batalla personales de
Lessig, y la dedicación al dominio público una de las licencias que CC
patrocina).
Y sà que existe una aproximación previa a una licencia DP española,
sin el menor valor legal:
http://jamillan.com/doctorow.htm
Después de este primer intento he hablado de las posibles
aproximaciones legales con Javier Maestre (en aquella cena con
Marqueze, cómo pegaba el Lambrusco), con Carlos Sánchez Almeida (no
daban cerveza en aquel pakistanÃ, pero qué buena el agua mineral) y
con Javier de la Cueva (caipirinha caipirinha caipirinha).
En cuanto se me evaporen los últimos alcoholes plantearé a la lisa las
posibles aproximaciones, incluyendo, la ignorancia es asà de osada, la
mÃa propia.
[xavi caballe]
> No hay forma de garantizar que quien dice ser el autor de una obra
> realmente lo sea (o al menos yo no la conozco). Por ello, previendo que
> puede darse el caso que alguien decida licenciar bajo CC una obra que
> no es suya, la gente de Creative Commons propone incrustar en el
> fichero MP3 (en el caso de las obras en este formato) NO la licencia,
> sino un enlace a una página web controlada por el autor con los datos
> básicos de la obra y un enlace a la licencia. De esta forma, si alguien
Gracias por aclarar mi confusión. Efectivamente, es ahà donde lo habÃa
leÃdo, en la página de embedding de CC.
> En esta página de Creative Commons se explica mejor (ver el ejemplo del
> apartado "The advantage of the verification link"):
> http://creativecommons.org/technology/embedding
>
> Yo he utilizado esta técnica en FAIRCOPY para incrustar el enlace de
> verificación de la licencia en los MP3. Esto puede verse por ejemplo en
> el MP3 de la muestra gratis de este tema de laMundial.net:
>
> http://www.faircopy.com/action/viewworkdetail/721945
> (me refiero al MP3 del enlace "MP3 96kbps" de esta página)
>
> Idealmente, espero que llegue el dÃa en que los reproductores de MP3
> muestren de forma más visible la licencia del tema que uno está
> escuchando. PodrÃan mostrar en algún lugar visible un pequeño icono
> 'CC' (o la 'c' de copyright si corresponde), de forma similar a como
> los navegadores muestran una llave o un candado cuando entramos en una
> web segura, y además, cuando hicieras clic en el icono 'CC', el
> programa podrÃa mostrar la página web con la información de licencia de
> la obra. Implementar esto no es un problema técnico, sino una cuestión
> de prioridades entre quienes desarrollan estos programas.
Corresto, los problemas sociales no tienen soluciones técnicas.
> Por otro lado, en FAIRCOPY, para protegerme ante los impostores, uno
> debe aceptar el Contrato de Autor (
> http://www.faircopy.com/action/viewauthoragreement ) antes de poder
> registrar una obra en el servicio, y el que acepta este contrato
> declara ser "autor con plenos derechos de explotación sobre sus obras o
> es el titular legÃtimo de los mismos por haberlos adquirido de aquel."
Que básicamente es la misma garantÃa que tienen, para protegerse de
impostores y plagiarios, los editores que usan la (c) tradicional. En
algún momento tendremos que hacer unas FAQ de CC que separen
claramente qué caracterÃsticas de las licencias, modelos de edición,
etcétera emanan directamente de la legislación de propiedad
intelectual y cuáles son particulares de Creative Commons.
Gracias de nuevo, Xavi, por tu claridad.
--javier candeira
- [Cc-es] Re: Resumen de Cc-es, Vol 9, EnvÃo 11, Javier Candeira, 10/15/2004
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