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Subject: Creative Commons en España
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Re: [Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derechos lo es
- From: Defunkid <defunkid AT lamundial.net>
- To: CC-es <cc-es AT lists.ibiblio.org>
- Subject: Re: [Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derechos lo es
- Date: Fri, 15 Oct 2004 12:25:44 +0200
irazon tienes al apuntar que son dos cosas, una por
parte del servidor y otra por parte del supuesto autor, lo que propones es lo suyo pero como
esto seguro que suena a chino a cualquier grupo desde el harcore más
aldeano al pop más fashion incluyendo a los que quieren promover el
copyleft creando webs y albergando contenido por ahi es donde viene el
parrafo que David Bravo apuntaba sobre la LSSI, de esta manera el
proveedor del servicio queda limpio de posibles problemas. En cuanto al
autor si alguien le reclama por que ha engañado al proveedor del
servicio ya se apañara, como siempre. Si fuera subido algún tema registrado en la SGAE a este servidor, GruposRiojanos, no se hace responsable de las acciones que la SGAE pudiera tomar al respecto, ya que es el grupo el que se comprometió a que no se diera tal efecto y además la LSSI dice que los prestadores de servicios de intermediación no somos responsables de los datos que alojen en el servidor si no nos constara que vulnera derechos de terceros. hay que ir tirando y ya se mejorará cuando te pongas con ello saludos Defunkid Javier Candeira wrote: Si lo he entendido bien, el problema que plantea Bram a través de Javier de la Cueva, y que Ani Defunkid replantea, es el siguente: ¿Quién garantiza al proveedor de un agregador de contenidos bajo Creative Commons que la persona que pone la licencia a una canción (o lo que sea) es su autor o, en su caso, el titular de los derechos? Antes de dar la respuesta que creo más acertada, diré que este problema no es de Creative Commons. ¿Cómo saben la SGAE o Plaza y Janés que la persona que les ofrece la gestión de derechos es la titular? Porque afirma serlo. Y pueden ir a su casa y trincarlo. Ahora no recuerdo dónde lo leí (pudo ser en el weblog de Creative Commons), pero creo que hay una solución parcial que pasa por la identificación de la persona que pone la información. Se podría hacer que el "uploading" dependiera de una página web donde el autor tuviera, a la vez que la canción o texto en cuestión, una versión legible por máquinas de la licencia. El servicio leería esos ficheros una vez por semana, digamos, y en el momento en que estos dos ficheros desaparezcan, se dejaría de albergarlo o, en su caso, de listarlo en la base de datos. Esto no es tan oneroso como parece: tenerlo disponible en la web no significa dar el hosting y cargar con el ancho de banda: sólo lo va a leer el servicio CC en cuestión. Y de la identificación del licenciador si resulta que la obra no es suya, pues que se ocupen la LSSI, la EUCD/código penal, lo que sea. Alguno de vosotros está en la lista de cc-us o en la de icommons? Estoy seguro de que esto se ha discutido ya allí. Además de suscribirse habría que leerse el archivo, yo me pondré pronto pero cuatro ojos ven mejor que dos. Ta, --javier candeira --javier _______________________________________________ Cc-es mailing list Cc-es AT lists.ibiblio.org http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es |
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[Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derechos lo es,
Javier Candeira, 10/15/2004
- Re: [Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derechos lo es, Defunkid, 10/15/2004
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RE: [Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derechos lo es,
Abel Garriga - Advocat, 10/15/2004
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Re: [Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derec hos lo es,
Javier Candeira, 10/15/2004
- Re: [Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derec hos lo es, Xavi Caballe Grebol, 10/15/2004
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Re: [Cc-es] GarantÃas de que el titular de los derec hos lo es,
Javier Candeira, 10/15/2004
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