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cc-cl - [Cc-cl] Carta abierta a la OMPI

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Subject: Lista de Correos Creative Commons Chile

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  • From: "Werner Westermann" <werner AT educalibre.cl>
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  • Subject: [Cc-cl] Carta abierta a la OMPI
  • Date: Mon, 14 Mar 2005 19:57:58 -0400 (CLT)

Desde Hipatia.info


> Manifiesto por la trasparencia, la participación, el equilibrio y
> el acceso (Tradução: Enrique Chaparro)
>
> Carta abierta a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
> (OMPI) de las Naciones Unidas
>
> Dr. Kamil Idris
> Director General
> Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - WIPO
>
> Chemin des Colombettes 34
> 1211 Geneva Switzerland
>
> Constructiva y respetuosamente instamos a la Organización Mundial de
> la Propiedad Intelectual (OMPI) reformarse a sí misma, con los
> siguientes criterios:
>
> Un llamado a la reforma
>
> Demandamos TRANSPARENCIA dentro de la OMPI y rechazamos cualquier tipo
>
> de representación desproporcionada.
>
> Además, solicitamos la inmediata PARTICIPACIÓN de la sociedad civil y
>
> de las organizaciones no gubernamentales (ONG) de defensa del
>
> consumidor en las activiades de la OMPI. Específica, pero no
>
> exclusivamente, solicitamos que se acepten los pedidos de las
>
> ONG para actuar como observadoras `ad hoc' para la próxima Reunión
>
> Intergubernamental Intersesional (Inter-sessional Intergovernmental
>
> Meeting - IIM) del 11 al 13 de abril de 2005, y para el Comité
>
> Permanente de Cooperación para el Desarrollo Relacionado con la
>
> Propiedad Intelectual, a realizarse entre el 14 y el 15 de abril de
>
> 2005, a fin de que se promueva una discusión EQUILIBRADA sobre la
>
> Agenda de Desarrollo y sobre el sistema de propiedad intelectual
>
> (PI) como un todo, observando un equilibrio entre los titulares
>
> de derechos intelectuales y los ciudadanos,
>
> Adicionalmente, instamos a la OMPI, como agencia especializada de las
>
> Naciones Unidas responsable por promover las actividades intelectuales
>
> creativas y facilitar la transferencia de tecnologías vinculadas a la
>
> propiedad industrial hacia los países en desarrollo para acelerar su
>
> desarrollo económico, social y cultural, a que cumpla su papel de
>
> hacer viable para la Humanidad el ACCESO al conocimiento, teniendo en
>
> cuenta las diferentes necesidades (incluyendo, por ejemplo, aquellas
>
> de las personas con dificultades visuales o auditivas) y los distintos
>
> niveles de desarrollo.
>
> Antecedentes, Normas y Principios
>
> Agenda de Desarrollo de la OMPI
>
> Es evidente la falta de equilibrio entre los representantes de los
>
> titulares de derechos, y los intereses públicos y de la sociedad
>
> civil.
>
> En tal contexto, se ha propuesto una Agenda de Desarrollo para la
>
> OMPI en la Asamblea General de septiembre/octubre de 2004. Esta
>
> propuesta ha sido avalada por catorce Estados miembros (a octubre
>
> de 2004)[1].
>
> Las observaciones y cuestiones centrales planteadas, que se indican
>
> en el Anexo, han despertado amplias expresiones de apoyo de grupos
>
> de defensa de los derechos de los consumidores y organizaciones
>
> dedicadas a los intereses de la sociedad civil.
>
> La Agenda de Desarrollo fue asimismo bien recibida en la Asamblea
>
> General de la OMPI, que resolvió que fuese analizada en las Reuniones
>
> Intergubernamentales intersesionales, y que se preparase un informe
>
> para el 30 de julio de 2005, a fin de ser considerado en la Asamblea
>
> General de la OMPI de septiembre de 2005.
>
> El rol de la OMPI como Agencia Especializada de las Naciones Unidas
>
> De acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas, esta Organización
>
> promoverá condiciones de progreso económico y social, el desarrollo,
>
> la solución de problemas internacionales económicos, sociales,
>
> de salud y relacionados; y la cooperación internacional en cultura
>
> y educación (Artículo 55).
>
> Las Naciones Unidas reconocen a la OMPI como una de sus Agencias
>
> Especializadas (Acuerdo entre las Naciones Unidas y la OMPI,
>
> Artículo 1).
>
> La OMPI es responsable de promovier la actividad intelectual
>
> creativa y de facilitar la transferencia de tecnología relacionada
>
> con la propiedad industrial a los países en desarrollo para
>
> acelerar el desarrollo económico, social y cultural (Acuerdo
>
> entre las Naciones Unidas y la OMPI, Art. 1).
>
> La OMPI está sujeta a las competencias y responsabilidades de las
>
> Naciones Unidas y de sus órganos (Acuerdo entre las Naciones Unidas
>
> y la OMPI, Art. 1).
>
> Reuniones de la OMPI para Discusión de Cuestiones Relacionadas con
>
> PI y Desarrollo
>
> La Asamblea General anual de la OMPI debe aprobar cualquier solicitud
>
> para la condición de observador permanente.
>
> Las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones
>
> inter-gubernamentales pueden además participar como observadores `ad
>
> hoc' en las reuniones de la OMPI, y este ha sido el caso hasta el
>
> presente.
>
> La reciente política de la OMPI respecto de no aceptar ONGs como
>
> observadoras `ad hoc' en el proceso de la Reuón Intergubernamental
>
> Intersesional, y en el Comité Permanente sobre Cooperación para el
>
> Desarrollo Relacionado con la Propiedad Intelectual, que tendrán
>
> lugar los próximos 11-13 y 14-15 de abril de 2005, es manifiestamente
>
> injusta e injustificable. Esta decisión impide la participación de
>
> todas las organizaciones a las que no se hubiera otorgado
>
> previamente la condición de observador permanente.
>
> Dado que la Reunión Intergubernamental Intersesional fue anunciada
>
> LUEGO de la última sesión plenaria, la decisión implica la
>
> imposibilidad de que cualquier organización cuyos intereses se
>
> relacionen sólo con la Agende de Desarrollo participe de este
>
> estratégico encuentro inaugural. Es imposible, desde el punto de
>
> vista del procedimiento, que una ONG con interés en la Agenda de
>
> Desarrollo pudiera haber recibido su acreditación como observador
>
> permanente cvon tiempo suficiente para asistir a esta reunión.
>
> De hecho, esta deción contradice el ítem 7 del Anexo de la Agenda
>
> de Desarrollo, que especifica que la OMPI debe tomar medidas
>
> apropiadas para asegurar la amplia participación de la sociedad
>
> civil en las actividades de la organización.
>
> Este cambio de política, prohibiendo la presencia de observadores
>
> `ad hoc', es una evidente manipulación de los procediminentos de la
>
> OMPI que sólo puede acarrear un resultado: cercenar la participación
>
> de ONGs representativas de la sociedad civil cuyas propuestas
>
> originales estimularon la creación de la Agenda de Desarrollo.
>
> Puesto que estas reuniones tienen como propósito examinar las
>
> propuestas contenidas en la Agenda, se verían enormemente beneficiadas
>
> con la participación de dichas ONGs.
>
> Reciente Reunión de la OMPI sobre Armonización de Leyes de Patentes
>
> Los días 15 y 16 de febrero de 2005 la OMPI organizó una reunión
>
> informal en Casablanca, Marruecos, para discutir la armonización de
>
> las leyes de patentes alrededor del mundo. Sólo Brasil, entre los
>
> estados miembros que co-patrocinaron la Agenda de Desarrollo, fue
>
> invitado a participar en esta reunión.
>
> En ese encuentro se invitó a la India, tradicional aliada de Brasil
>
> en cuestiones de `propiedad intelectual', a ejercer la presidencia.
>
> Al ejercer dicho cargo, la posición de la India fue efectivamente
>
> neutralizada, pues no está permitido que el estado que preside o
>
> modera "interfiera" en las disusiones. Esta maniobra tuvo como
>
> efecto aislar al Brasil, y hacer aparecer su posición como
>
> obstruccionista ante los observadores externos.
>
> La naturaleza de los otros invitados a la reunión reforzó esta
>
> situación.. El resto de los asistentes fueron escogidos de entre las
>
> administraciones nacionales de patentes, las organizaciones
>
> industriales de titulares de derechos, y otros estados que
>
> permanecieron pasivos en los debates sobre la Agenda de Desarrollo
>
> en la OMPI o que ya se hallan comprometidos con regímenes de
>
> patentes "TRIPS-plus" (que extienden la patentabilidad a áreas
>
> históricamente no patentables) como parte de sus acuerdos
>
> comerciales bilaterales o regionales. Esto contribuyó a desequilibrar
>
> aún más el debate, y aislar más al Brasil, único proponente de
>
> regímenes de patentes más limitados.
>
> Seminario Internacional Conjunto sobre PI y desarrollo con la
>
> OMC y la UNCTAD
>
> Hace doce días[2], la noticia del seminario internacional abierto
>
> sobre PI y Desarrollo desapareció del sitio web de la OMPI. Este
>
> encuentro es una iniciativa conujnta con la OMC, la OMS, ONUDI y
>
> UNCTAD, tal como se proponía en la Agenda de Desarrollo. La
>
> abrupta retirada de este anuncio habla negativamente de la
>
> transparencia y del compromiso de la OMPI en favor de la participación
>
> amplia en sus deliberaciones. La resolución de la Asamblea General
>
> de la OMPI del 4 de octubre de 2004 prevé expresamente que este
>
> seminario debe estar abierto a la participación de todos los
>
> interesados, incluyenodo ONGs, sociedad civil y académicos.
>
> ---
>
> [1] Argentina, Bolívia, Brasil, Cuba, República Dominicana, Egipto,
>
> Ecuador, Irán, Kenya, Peru, Sierra Leona, Sudáfrica, Tanzania y
>
> Venezuela.
>
> [2] Desde el 25 de febrero de 2005 hasta hoy, 9 de marzo.
>
> ---
>
> Anexo
>
> Principales observaciones y cuestiones en la Agenda de Desarrollo
>
> i) El desarrollo sigue siendo un desafío, y una signficativa
>
> ``brecha del conocimiento'', así como una ``brecha digital'',
>
> coninúan separando a las naciones ricas de las pobres;
>
> ii) La protección de la `propiedad intelectual' no es un fin en sí
>
> mismo; por el contarios, dichos derechos son instrumentos tácticos
>
> utilizados para salvar las brechas digital y del conocimiento;
>
> iii) Del mismo modo, los esfuerzos para armonizar los derechos de
>
> PI deben supeditarse a las diferentes necesesidades de desarrollo de
>
> los estados miembros, dando a dichas naciones la posibilidad de
>
> emplear las felxibilidades que precisen para servir a sus intereses
>
> nacionales;
>
> iv) La protección de los derechos de PI nunca debe realizarse a
>
> expensas del legítimo interés público, y el costo de los regímenes
>
> de PI debe medirse contra su beneficio público;
>
> v) La Declaración de Doha de la OMC sobre el Acuerdo ADPIC y la Salud
>
> Pública es un hito importante, pues reconoce al ADPIC como un
>
> instrumento para apoyar los objetivos de salud pública de los
>
> estados miembros, y no como un instrumento al solo propósito de
>
> expandir los derechos de PI;
>
> vi) Siendo una agencia de la ONU, la OMPI cumplir con las metas de
>
> desarrollo de la ONU, y guiarse por ellas;
>
> vii) A pesar de que la OMPI esta ya obligada a tomar en cuenta el
>
> sistema de la ONU, debe modificarse el Convenio de la OMPI (1967)
>
> para asegurar inequívocamente la consideración de la dimensión del
>
> desarrollo;
>
> viii) Los tratados de la OMPI extienden genéricamente las obligaciones
>
> del Acuerdo ADPIC de la OMC, lo que aumenta indebidamente la carga
>
> sobre los países menos desarrollados y en desarrollo, razón por la
>
> cual los instrumentos de la OMPI no deben expandirse más allá de las
>
> obligaciones previstas en el ADPIC;
>
> ix) El Acuerdo ADPIC de la OMC incluye dos artículos (7 y 8) que
>
> indican los principios y objetivos para los instrumentos internacioales
>
> sobre bienes del conocimiento. Dichos artículos acuden a tales
>
> instrumentos para promover la innovación tecnológica, la transferencia
>
> y la diseminación de la tecnología, para mutuo beneficio de productores
>
> y usuarios de conocimiento tecnológico y de una forma que conduzca al
>
> bienestar social y económico y al equilirio entre derechos y
>
> obligaciones; adoptar las medias necesarias para proteger la salud
>
> pública y la nutrición, y provover el interés público en sectores de
>
> vital importancia para el desarrollo socioeconómico y tecnológico, y
>
> para evitar que los titulares de derechos de PI abusen de dichos
>
> derechos o se recurra a prácticas que restrinjan irrazonablemente
>
> el comercio o afecten negativamente la transferencia internacional
>
> de tecnología. El lenguaje de estas cláusulas debe aparacer en todos
>
> los futuros instrumentos de la OMPI;
>
> x) La imposición de umbrales más altos de protección de la PI ha
>
> fracasado en promover la transferencia de tecnología a través de
>
> la inversión externa directa y el licenciamiento;
>
> xi) Adicionalmente a la inclusión de previsiones claras sobre
>
> transferencia de tecnología en los tratados que están siendo
>
> negociados en la OMPI, debe establecerse un nuevo cuerpo subsidiario
>
> de la OMPI (el Comité Permanente sobre PI y Transferencia de
>
> Tecnología) con el fin de asegurar una efectiva transferencia de
>
> tecnología a los países en desarrollo, incluyendo la creación de
>
> un régimen internacional que promueva el acceso de los países en
>
> desarrollo a los resultados de las investigaciones realizadas con
>
> fondos públicos en los países desarrollados;
>
> xii) Creación de un Tratado sobre el Acceso al Conocimiento y a la
>
> Tecnología;
>
> xiii) Del mismo modo, es importante tener en mente la relevancia de
>
> los modelos de acceso abierto y de conocimiento compartido para
>
> promover la innovación y la creatividad, como el software libre y
>
> de código abierto (FOSS), así como salvaguardar las excepciones y
>
> limitaciones existentes en las leyes nacionales;
>
> xiv) En lo relativo a la exigencia de cumplimiento, no sólo deben
>
> considerarse los derechos de los titulares, sino también sus
>
> obligaciones, de modo que dichos titulares sigan procedimientos
>
> justos y equitativos, sin restringir la legítima competencia o
>
> abusar de sus derechos (los artículos 8 y 40 del Acuerdo ADPIC
>
> deben ser traídos al marco de la OMPI);
>
> xv) La OMPI, como agencia especializada de la ONU, debe expandir
>
> considerablemente programas de cooperación técnica en aspectos
>
> relacionados con la PI y mejorarlos cualitativamente, tomando en
>
> cuenta los requerimientos para las actividades operativas de las
>
> Naciones Unidas: neutralidad, imparcialidad y orientación a la
>
> demanda.
>
> xvi) Deberá servirse a todos los sectores de la sociedad, incluyendo
>
> su participación en todas las actividades de establecimiento de
>
> normas;
>
> xvii) La OMPI, además de ser responsable de alentar la participación
>
> activa de organizaciones no gubernamentales por el interés público, debe
>
> tiomar medidas apropiadas para distinguir entre las organizaciones de
>
> usuarios que representan los intereses de los titulares de derechos
>
> de PI, y las ONGs que representan el interés público, de modo de
>
> evitar confusiones y aumentar la transparencia;
>
> xviii) La OMPI organizá, en conjunto con la OMC y la UNCTAD, un
>
> seminario sobre PI y desarrollo, con la participación activa e
>
> ilimitada de todos los actores relevantes, incluyendo ONGs por el
>
> interés público, la sociedad civil y la academia;
>
> xix) La OMPI podría establecer un Grupo de Trabajo sobre la Agenda
>
> de Desarrollo para dicutir con mayor profundidad dicha Agenda y los
>
> programas de trabajo para la OMPI; y
>
> xx) Toda la credibilidad del sistema de PI se ve debilitada si se
>
> adopta una visión que promueva los beneficios absolutos de la PI
>
> sin reconocer las preocupaciones sobre políticas públicas, por lo
>
> que la dimensión del desarrollo debe introducirse en el sistema de
>
> PI y en las actividades de la OMPI.
>
> http://www.petitiononline.com/wipo/petition.html
>



  • [Cc-cl] OT: amaroK Live, Ricardo Mun~oz A., 03/07/2005
    • [Cc-cl] Carta abierta a la OMPI, Werner Westermann, 03/14/2005

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