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cc-es - Re: [Cc-es] Licencias libres de fotos de carteles

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Subject: Creative Commons en España

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  • From: "David" <aristegui AT nodo50.org>
  • To: "David Maeztu" <davidmaeztu AT gmail.com>
  • Cc: llista CC-es <cc-es AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-es] Licencias libres de fotos de carteles
  • Date: Mon, 16 Sep 2013 11:06:40 +0200

Es todo un mundo

Problemas jurídicos que plantea tomar o utilizar fotografias de marcas,
personas y material protegido por derecho de autor

http://www.wipo.int/sme/es/documents/ip_photography.htm

PD: todo Davides ¿eh? ;-)

> El 16/09/13 10:53, david escribió:
>> Hay una polémica en Wikimedia Commons a propósito de las fotos de
>> carteles y murales que están en la vía pública y que han sido publicadas
>> con licencias libres por parte de los fotógrafos que las hicieron.
>> Se ha propuesto su borrado, hay antecedentes para Austria y Alemania y
>> se discute el caso de España.
>>
>> La cuestión a debate es si son obras que "están permanentemente en el
>> espacio público". Se argumenta en contra que están sólo temporalmente,
>> porqué son sustituidas o porqué son efímeras.
>> Se argumenta a favor que están ahí durante toda su "vida", hasta que se
>> deterioran o son sustituidas y, por lo tanto, están ahí
>> "permanentemente" desde el punto de vista de la vida de la obra.
>> Quizás habría que considerar (para los carteles) que la obra no es única
>> sino una reproducción o obra seriada.
>>
>> ¿Qué pensáis de la cuestión?
>> ¿Se pueden considerar las fotos obras derivadas? ¿Se les puede aplicar
>> la libertad de panorama? ¿En ese caso, se pueden publicar las fotos con
>> licencias CC?
>> ¿Habría que diferenciar el caso de los carteles (de propaganda o
>> publicidad) pegados o fijados en vallas de los murales pintados en
>> muros?
>>
>> Aquí esta la discusión:
>> https://commons.wikimedia.org/wiki/Commons:Deletion_requests/Files_in_Category:Political_advertising_in_Catalonia
>>
>>
>
> Hola:
>
> creo que el concepto "permanentemente" que es lo que señala el 35.2 de
> la LPI no incluye a los carteles ya que su origen está pensado para los
> edificios, y obras escultóricas, etc.
>
> De otra forma no quedarían derechos reservados sobre los carteles, y
> piensa por ejemplo en el caso de carteles para anunciar exposiciones en
> los que se emplee una obra de arte, etc.
>
> Creo que el cartel, si es una obra, es independiente de la difusión que
> tenga y el modo en que se haga (poniéndolo en la calle)
>
> Sobre si las fotos son obras derivadas o no, son a mi juicio una simple
> reproducción de la obra y no estoy a favor de que se consideren meras
> fotografías cuando se trate de una reproducción de otra obra, pero hay
> quien lo defiende.
>
> En ningún caso será una obra derivada si se limita a reproducir el cartel.
>
> Un saludo
>>
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