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cc-es - Re: [Cc-es] duda sobre registros

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Subject: Creative Commons en España

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  • From: David Maeztu <david.maeztu AT aulir.com>
  • Cc: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] duda sobre registros
  • Date: Wed, 31 Aug 2005 12:43:14 +0200

Laura Díaz wrote:

existe la posibilidad de permitir a otras personas utilizar tu marca registrada (sea un nombre o un logotipo), notificándolo al registro de propiedad intelectual.
también se puede compartir la propiedad de una marca (por ejemplo, que la registren varias empresas)
no es una licencia cc, pero sí ofrece cierta flexibilidad para el uso de una marca determinada, ¿no?
zayt gesunt

Efectivamente, puedes autorizar a terceros a que usen tu marca o signos distintivos. Por ejemplo, las franquicias de empresas, permiten en el contrato de franquicia el uso de los elementos de imagen de la matriz, para identificar su producto. Piensa en cadenas de comida rápida, si ves el ticket de la comida no lo emite la empresa que figura en la marca, sino que generalmente es fulanito perez, y en otra ciudad menganito lopez. Usan la misma marca, que esta registrada a nombre de un tercero, pero no presenta problemas por que el titular de la marca se lo permite.
Plantear una licencia cc, que permita eso?. Puede ser, pero de momento no existe, y no sé si sería conveniente, no me lo había planteado.

La propiedad de la marca, se puede compartir?, hombre, pues como bien economicamente evaluable, sí, la propiedad puede ser de varias personas, como propiedad. Dos hermanos pueden ser los propietarios de la marca, por ejemplo, a partes iguales.

Pero respecto de registros coincidentes, solo es posible para clases, así se denomina en derecho de marcas a los tipos de productos y servicios que cubre la marca, diferentes. Por ejemplo, yo la registro para la clase 21 y tu para la 25, pero nunca para clases coincidentes, eso el registro no lo permite.

Respecto de la necesidad de notificar no me suena que sea necesario, cuando llegas a un acuerdo privado de autorización de uso, y menos al registro de propiedad intelectual ;), pero tampoco me suena que haya que hacerlo a la oficina española de patentes y marcas.

Un saludo.




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