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cc-cl - Re: [Cc-cl] Articulo en UK sobre estas CC

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Subject: Lista de Correos Creative Commons Chile

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Chronological Thread  
  • From: "Alberto Cerda Silva" <alberto AT derechosdigitales.org>
  • To: "Carolina Belmar" <cbelmar AT direcon.cl>, <paula AT derechosdigitales.org>, <cc-cl AT lists.ibiblio.org>
  • Cc:
  • Subject: Re: [Cc-cl] Articulo en UK sobre estas CC
  • Date: Tue, 17 May 2005 22:21:32 -0400

Estimados,
Es francamente alentador y hasta esperanzador leer que las asociaciones
gremiales de titulares de derechos de autor -léase grandes sellos
editoriales, empresas discográficas y otros- crítiquen a Creative
Commons. La segunda lectura es: "parece que no les agrada!".
La pregunta es ¿porqué no les agradan tales licencias? La razón es la
misma por la cual a Microsoft le desagradan las licencias de software
libre. Porque posiblitan -o sea, que dan la posibilidad- de que la
distribución de las obras sea libre.
Sin embargo, eso no quiere decir que los creadores queden desprovistos
de derechos; como creador puedo renunciar a la distribución y
reproducción de una obra (o sea, que me hagan copias y las regalen),
pero también, si lo deseo, puedo limitar tales libertades a que se
verifiquen sin fines comerciales.
Me explico: si yo creo una pieza musical, puedo permitir que otros
músicos la toquen y hasta dejarla disponible en internet para que otras
personas la bajen y escuchen en casa; pero, si algún canal de
televisión o empresa de marketing la quieren emplear (la musica) para
un comercial o espacio televisivo, ahí, como el fin es comercial, deben
pedirme permiso como creador.
¿A qué voy? A que creadtive commons no importa renunciar a una
remuneración por el empleo de la obra, aunque si deseo hacerlo me es
permitido.
Ese es un error de parte de la chica Directora General de Derechos
Musicales Británicos.
Otro error de la mencionada señorita es sortener que una vez que
licencio con Creative, se pierde la posibilidad de licenciar de otra
forma. Es algo técnico el comentario, pero su posición es errada.
Creative Commons permite licencias paralelas, sólo que, como es
natural, si yo decido licenciar posteriormente bajo otra modalidad no
afecto al licenciamiento preexistente de una obra bajo Creative.
Cordiales saludos,
Alberto.

>
> Estimados:
>
> En la línea de lo enviado por Paula, adjunto un reportaje que creo
puede
> aportar. Asimismo, adjunto el link de un sitio en UK, sobre derechos
sobre
> obras musicales que, al decir de muchos, sería "el enemigo".
> Saludos,
> Carolina
>
> http://www.bmr.org/html/news.html
>
> What you need to know about Creative Commons
>
> Article by Emma Pike.
> (Published in M issue 15 March 2005)
>
> Creative Commons is the brainchild of US lawyer, Lawrence Lessig.
>
> In Lessig's vision, the "Creative Commons" is a public space -
analogous to
> our public parks - where people have legal access to creative works
which
> they can use for non-commercial and sometimes even commercial
purposes, for
> free.
>
> Contrary to popular belief, Creative Commons is not a radical
alternative to
> the existing system of copyright. In fact, Creative Commons works on
the
> basis of existing copyright law by encouraging individual creators to
sign
> specially drafted copyright licences (found on the Creative Commons
website)
> in order to donate their work to the "commons".
>
> The first thing to say is that before signing any of the Creative
Commons
> licences, creators should seek expert legal advice. Creators should
be clear
> that Creative Commons licences offer no remuneration, run for the
entire
> duration of copyright in their work, apply to the whole world and
cannot be
> revoked. In effect, by entering into a Creative Commons licence, you
are
> signing away your rights irrevocably, in perpetuity, for the whole
world,
> for free.
>
> Furthermore it is not clear how Creative Commons licences fit with
licensing
> arrangements already used by thousands of creators in the music
industry.
> Most writers, from the most famous to those just starting their
careers,
> have already assigned some rights to collecting societies. All these
> creators would not then be in a position to sign the Creative Commons
> licences which give away these rights.
>
> Creative Commons is a users' charter, offering considerable benefits
to
> internet users wanting to use creators' works without having to seek
> permission but offering very little to the creative community.
>
> Forbes magazine has gone further, commenting "For all his talk about
> creativity, Lessig isn't any true creator's friend. His assault on
copyright
> largely helps a ragtag bunch of gleaners who claim that copying is
> 'creativity' because they can't create anything without directly
reusing
> copyrighted material."
>
> In fact, there are likely to be just two groups, at opposite ends of
the
> music spectrum, who may want to sign up to Creative Commons -
hobbyists with
> no interest in making a living from their music, and top selling
artists
> with established careers who can afford to donate their work to the
public.
>
> Creative Commons supporters from the music sector who fall into the
second
> of these groups include David Byrne from Talking Heads, and Gilberto
Gil
> (currently Brazil's Minister of Culture) but even they are few and far
> between.
>
> Byrne and Gil both contributed tracks to a CD of Creative Commons
licensed
> material recently distributed by Wired magazine. It took the magazine
over
> 12 months to gather the 16 songs for the CD and when asked why,
Wired's
> editor said: "People make their livelihood through their music. They
had to
> want to sacrifice that".
>
> For the huge tranche of writers falling between the extremes of
hobbyist
> versus big time, Creative Commons fails to deliver any real benefits,
yet
> some may be lured into it by its often seductive rhetoric.
>
> For example, an unsigned writer might look to Creative Commons as a
way to
> create a fan base. If he has career ambitions he may consider
reserving the
> commercial rights to his music by choosing a Creative Commons Non-
Commercial
> licence (see below). He may not be aware that this could undermine his
> ability to enter into an exclusive publishing or recording deal.
Since the
> Creative Commons licences are all irrevocable it is not clear how he
would
> get around this.
>
> Creative Commons is due to launch in the UK in 2005.
>
> The basic elements of Creative Commons licences:
>
> Attribution - permits any use of your work - including commercial -
of your
> work provided only that you are attributed as author.
> No Derivs - you authorise the copying and distribution of your work
but not
> its use in a derivative work.
> Non-Commercial - limits the licensed uses to those which are not money
> making.
> Share Alike - anyone who samples your work in a further work may only
> distribute that work under an identical licence to the one you chose -
this
> is in order to build an open source like sharing community.
>
> ----- Original Message -----
> From: "Paula" <paula AT derechosdigitales.org>
> To: <cc-cl AT lists.ibiblio.org>
> Sent: Tuesday, May 17, 2005 2:50 PM
> Subject: [Cc-cl] (sin asunto)
>
>
> > qué tal a todos?
> >
> > quiero compartir con Uds. la siguiente información que nos llegó por
> > correo electrónico (y que traduje de la mejor manera posible), creo
que
> > puede ayudarnos a entender cual es la postura de la industria
respecto
> > de las licencias CC (siempre es bueno conocer bien al enemigo!!).
> >
> > espero sea de su interés... y espero mi traducción no les de
demasiados
> > problemas, soy sólo una aficionada en el tema de los idiomas.
> >
> > Salu2!!
> >
> > Paula Jaramillo Gajardo.
> > Derechos Digitales
> > --
> > El sutil rastro detrás de la Licencia CREATIVE COMMONS
> >
> > Creative Commons (CC) es un nuevo tipo de licencia que se originó
en US
> > y ahora está siendo desarrollada para su uso a nivel internacional.
La
> > licencia pretende ofrecer un esquema alternativo de propiedad
> > intelectual para permitir a los creadores estimular la diseminación
y
> > re-utilización de sus obras sujetas al derecho de autor, ya sean
> > películas, imágenes, música, obras literarias o científicas. De
hecho,
> > CC ofrece considerables beneficios a los usuarios de internet
deseosos
> > de usar obras de creadores sin tener que pedir autorización, y muy
> > pocos para la comunidad creativa.
> >
> > Lanzamiento de CC en el Reino Unido
> >
> > La licencia Creative Commons es apenas una divergencia de los
actuales
> > estándares de la propiedad intelectual y los derechos de autor.
Fundada
> > en el 2001 por Lawrence Lessig, un Profesor de Derecho en la
> > Universidad de Stanford, la licencia CC está de hecho basada en las
> > existentes leyes de propiedad intelectual y alienta a los creadores
> > individuales a firmar una licencia especialmente redactada para
donar
> > su trabajo para su uso en el dominio público. Los creadores pueden
> > escoger dentro de 11 tipos de licencia lo que permite a los
titulares
> > de derechos seleccionar la protección de derechos que a ellos les
> > gustaría aplicar a sus obras. Creative Commons se ha embarcado en un
> > programa mayor de localización de sus licencias para su uso fuera de
> > los Estados Unidos. Así, recientemente lanzaron la licencia para ser
> > usada en el Reino Unido en Marzo del 2005. Adaptada desde la
versión de
> > los Estados Unidos para ajustarse con los principios legales del
Reino
> > Unido, la versión de la licencia Inglés/Gales no permite a los
> > creadores renunciar a sus derechos morales como sucede en el caso de
> > los Estados Unidos. Actualmente los planes están encaminados a la
> > adopción de otras licencias jurisdiccionalmente específicas en el
resto
> > de la Unión Europea, Australia, Brasil, Canadá, China y Japón.
> >
> > Copiar es Creatividad?
> >
> > En la primavera del 2005 en un ejemplar de M (la revista de los
> > miembros de la música MCPS-PRS)*, Emma Pike, Directora General de
> > Derechos Musicales Británicos aconsejó a los creadores estar
> > absolutamente claros antes de firmar una licencia CC ya que
ellas: "no
> > ofrecen remuneración alguna, rige por toda la vigencia del derecho
de
> > autor en su obra, se aplica mundialmente y no puede ser revocada".
> >
> > Más aún, los creadores que ya han cedido sus derechos a las
sociedades
> > de gestión colectiva serían no elegibles para estas licencias, que
> > ceden esos derechos. Las licencias CC están, en efecto, disponibles
> > sólo respecto de derechos que no han sido cedidos a una sociedad de
> > autores. Para los creadores que esperan ganarse la vida de sus
obras,
> > aún no queda claro como esos derechos, una vez revocados, puede ser
> > recuperados en el futuro.
> >
> > La revista Forbes ha sugerido que "Lessig no es amigo de ningún
creador
> > verdadero. Su ataque a la propiedad intelectual principalmente
ayuda a
> > un montón de chusma aprovechada que reclaman que copiar constituye
> > creatividad porque son incapaces de crear sin reutilizar
directamente
> > material sujeto a propiedad intelectual".
> >
> > Finalmente, tal como señala Pike, los partidarios de la licencia
> > probablemente caen en una de dos categorías: los aficionados que no
> > tienen expectativas de largo plazo de ganarse la vida con sus
obras, o
> > el artista internacionalmente establecido que dona su obra al
público.
> > Para la inmensa mayoría de creadores, la solución ofrecida por
Creative
> > Commons, aunque aparece como seductora, no ofrece reales beneficios
y
> > finalmente dificulta sus derechos básicos a una adecuada protección,
> > distribución y remuneración por sus obras.
> >
> > * El artículo de Emma Pike se encuentra en el número 15 de M -
> > Primavera 2005 y puede ser visto en línea en www.bmr.org.
> >
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Alberto Cerda Silva
Director
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  • Re: [Cc-cl] Articulo en UK sobre estas CC, Alberto Cerda Silva, 05/17/2005

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