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cc-cl - Re: [Cc-cl] Chile:Bibliotecas cuestionan cambios a ley sobrepropiedad intelectua

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Subject: Lista de Correos Creative Commons Chile

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Chronological Thread  
  • From: Lucía Egaña Rojas <lucy_sombra AT hotmail.com>
  • To: cc-cl AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-cl] Chile:Bibliotecas cuestionan cambios a ley sobrepropiedad intelectua
  • Date: Tue, 19 Apr 2005 07:54:11 +0000

salud a todxs,
aquí en españa, se llama canon, y cobran incluso por los hardwares que una compra. claro, siempre y cuando la compra sea legal, porque en el mercado negro no hay canon...
al derecho a copia privada también existe, y se ha vuelto la bandera de lucha de quienes utilizan redes de pares y gustan de compartir material licenciado. lo de que sea sin ánimos de lucro me parece evidentemente bien, pero, también está la cláusula de que sea utilizada sólo para uso privado y doméstico. esto quiere decir (y he consultado a varios abogados) que si hago una fiesta y escucho música copiada privadamente también se me aplica el canon, puesto que eso ya sería considerado difusión pública. o si le muestro un documental a mis compañeros de curso en mi casa.
la comunidad europea ya ha hecho una ley (a nivel comunitario) que obliga a las bibliotecas públicas a pagar un canon en relación al uso de cada ejemplar. en españa aún no se aplica dicha ley puesto que las bibliotecas protestaron de manera muy dura, con lo cual la aplicación de dicha ley se aplazó (no se ha eleminado).
a mí me parece bastante preocupante. finalmente antes de cobrar a lxs usuarixs, se debería cobrar a las empresas que ofrecen servicios de internet.
adjunto un par de direcciones de las movilizaciones que se han hecho en contra del canon (que es fomentado por la sgae fundamentalemnte, la sociedad general de autores y editores)
saludos,
lucía

http://sincanon.hispalinux.es/
http://antisgae.internautas.org/
http://barrapunto.com/article.pl?sid=05/03/15/1129227 (curioso que el PP promueva esto...)



&gt;From: alberto AT derechosdigitales.org
&gt;To: Jens Hardings &lt;jhp AT csol.org&gt;
&gt;CC: cc-cl AT lists.ibiblio.org
&gt;Subject: Re: [Cc-cl] Chile:Bibliotecas cuestionan cambios a ley sobrepropiedad intelectual
&gt;Date: Mon, 18 Apr 2005 23:28:13 -0400
&gt;
&gt;El proyecto de ley, en su versión actual, contempla el derecho de copia privada,
&gt;sin ánimo de lucro; o sea, que puedo hacer una copia de una obra amparada por
&gt;derecho de autor (fotocopia de libro, copia de música en CD, o copia de
&gt;software, por ejemplo), pero no para comercializarla, sino que sólo para hacer
&gt;empleo de ella de modo privado.
&gt;En contrapartida, el proyecto de ley pretende establecer un impuesto a favor de
&gt;los titulares de derechos de autor. Tal impuesto recaerá en los dispositivos
&gt;necesarios para hacer las copias (por ejemplo el aparato grabador de CD), pero
&gt;también sobre los soportes de las copias (por ejemplo en los CD). ¡Pepito paga
&gt;dos veces! Ja
&gt;¿Qué problemas plantea esto?
&gt;Primero, la propuesta establece un impuesto a favor de particulares, o sea, se
&gt;destinarán recursos estatales para favorecer a determinadas personas. Pregunta,
&gt;¿alguien conoce un impuesto específico como este en Chile? ¿El impuesto al
&gt;tabaco va a favor de quienes padecen sus efectos, los enfermos de cancer?
&gt;Segundo, tal impuesto parte del supuesto de que tales dispositivos y soportes
&gt;son empleados necesariamente para hacer copias de obras amparadas por el
&gt;derecho de autor. Sin embargo, algunas asociaciones de usuarios han establecido
&gt;que cerca del 80% de los CD, por ejemplo, se emplean para hacer copias de
&gt;respaldo o transportar la información sobre la cual el usuario detenta algún
&gt;derecho. ¿porqué si el uso de tales medios para hacer &quot;copias privadas&quot; sólo
&gt;representa el 20% del uso, debemos pagar el 100% de su importación?
&gt;Tercero, esto incrementa los costes de distribución de software libre. Claro,
&gt;porque quizas el desarrollador no me cobre nada por su software, pero si lo
&gt;distribuye en un CD, deberé soportar no sólo el costo del CD -lo cual parece
&gt;razonable- sino que además un impuesto específico que, plop, ni siquiera va en
&gt;beneficio del desarrollador.
&gt;Ahora, cuarto, ¿quienés serán realmente los beneficiarios de la norma? POr
&gt;ejemplo, en el caso de los CD y grabadores de CD, ¿serán los titulares de
&gt;derechos sobre software o los titulares de derechos sobre fonogramas? ¿serán
&gt;los titulares o los creadores, o sea, en el caso del software los
&gt;desarrolladores?
&gt;Mi impresión es que buena parte de la discusión para por establecer a quién
&gt;queremos beneficiar con esta regulación: AL PUBLICO CONSUMIDOR, garantizandole
&gt;acceso a la cultura, el conocimiento y las artes; AL CREADOR, garantizandole
&gt;alguna retribución por su aporte a la cultura, las ciencias, la literatura,
&gt;etc. O bien, cosa que me temo, a LOS TITULARES DE DERECHO DE AUTOR, esto es, la
&gt;empresa de fonogramas -tipo CBS, EMI, Sony, etc- el gran sello editorial -tipo
&gt;Plaza y James, McGraw Hill, etc- y la gran empresa desarrolladora de software
&gt;-tipo Microsoft-.
&gt;Ahora, para tranquilidad de los lectores, en el actual proyecto de ley hay
&gt;cuestiones aún más perniciosas. jajaja... Así penas de carcel para uso de obras
&gt;sin ánimo de lucro (por ejemplo, ya no podré grabar cassete con libros para no
&gt;videntes), ausencia de excepciones para las bibliotecas y centro de
&gt;enseñanza, prohibíción de renunciar el derecho de remuneración -¡horror! es un
&gt;atentado a la filosofía de la cultura libre, sea software u otra.
&gt;En fin, para los interesados, prontamente habrá más información en nuestra web
&gt;www.derechosdigitales.org
&gt;Un abrazo, saludos a Jens.
&gt;Alberto.
&gt;
&gt;
&gt;Mensaje citado por Jens Hardings &lt;jhp AT csol.org&gt;:
&gt;
&gt; &gt; alberto AT derechosdigitales.org wrote:
&gt; &gt;
&gt; &gt; [...]
&gt; &gt;
&gt; &gt; Pero una pregunta concreta:
&gt; &gt;
&gt; &gt; Se habla en el artículo del canon a medios (papel, CD-R, etc), eso
&gt; &gt; implica que existirá explícitamente un derecho a la copia privada, tal
&gt; &gt; como en varios países de Europa, cierto? Porque del artículo se entiende
&gt; &gt; que va a habar canon, pero al mismo tiempo se prohibe estrictamente
&gt; &gt; cualquier copia que se podría hacer con esos elementos...
&gt; &gt;
&gt; &gt; Saludos,
&gt; &gt;
&gt; &gt; --
&gt; &gt; Jens.
&gt; &gt;
&gt; &gt;
&gt;
&gt;
&gt;
&gt;_______________________________________________
&gt;Cc-cl mailing list
&gt;Cc-cl AT lists.ibiblio.org
&gt;http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-cl






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