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cc-es - Re: [Cc-es] 3. Re: No-Comercial ¿inseguridad jurídica? (david)

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Subject: Creative Commons en España

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  • From: David Maeztu <davidmaeztu AT gmail.com>
  • To: CC-es <cc-es AT lists.ibiblio.org>
  • Subject: Re: [Cc-es] 3. Re: No-Comercial ¿inseguridad jurídica? (david)
  • Date: Tue, 02 Feb 2010 09:09:02 +0100

El 01/02/2010 23:11, manolohl escribió:
> Hola a todos, espero no meter la pata al responder a este asunto.
> Llevo algún tiempo recibiendo estas cadenas de mail, muy interesantes e
> ilustrativas a razón de Las Licencias CC, y me he decidio a escribir
> sobre la inseguridad jurídica cuando la licencia tiene caracter
> No-Comercial. (entre otras cosas para dilucidar si funciona así la
> cadena de respuestas) "me tiro a la piscina" y pido disculpas si no es
> éste el sentido de recibir tales correos electrónicos.
>
>

creo que nadie se debería discupar por aportar ideas a un debate... ;)


> Yo no creo en mi opinión, que las Licencias con reserva de N-C no tienen
> por qué tener mayor inseguridad jurídica que el resto de licencias CC.

De hecho, es evidente que la cláusula NC es una fuente de inseguridad
jurídica ya que incluso Creative Commons propuso una encuesta sobre que
se entendía por No comercial, ya que no la gente remite muchas consultas
sobre este particular y no todo el mundo tiene la misma opinión.

>
> La interpretación de un uso comercial puede realizarse de forma
> objetiva; desde el momento en que existe un lucro directo o indirecto
> derivado de la obra licenciada bajo la reserva N-C. Es decir, si alguna
> persona física o jurídica obtiene algún tipo de rendimiento derivado de
> la obra y el autor está al margen y no autoriza, se vulneran los
> derechos inherentes a la licencia.

sin embargo yo no estoy de acuerdo con la relación no-comercial/lucro.

para mi la cláusula nc tiene que ver con la realización de una actividad
económica. si la persona que usa la obra realiza ese uso dentro de su
actividad económica (en los términos de la LRHL) en ese caso no se
cumplirían las condiciones de licencia.

El lucro me parece un concepto que también genera inseguridad, y más si
se le añaden cuestiones como directo o indirecto, y el concepto de
actividad económica está plenamente objetivado en la ley.

si se trata de aumentar la seguridad jurídica, lo lógico es acudir a
términos claramente definidos en la ley.

>
> Como dice Abel, cualquier licencia CC no quita seguridad jurídica con
> respecto a otras.

Eso es así, pero lo cierto es que la NC introduce un concepto que
presenta problemas interpretativos a los usuarios.

>
> El problema lo veo en cómo el autor, puede probar la existencia de un
> lucro que deriva de cierto uso dado a su obra. Pero la seguridad
> jurídica de la licencia permanece intacto, se trata más de una
> dificultad en los medios de prueba con los que cuenta el autor para
> demostrar que se vulnera su obra, en caso de que así sea.

Precisamente, por eso es mejor el concepto de actividad económica, es
mucho más fácil de demostrar.

La seguridad de la licencia es otra cosa y tiene que ver con su efectividad.

un saludo

>
> Es mi modesta opinión. saludos¡
>
>
>
>
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