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cc-es - [Cc-es] Sentencia favorable al Copyleft y a las CC en Salamanca

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Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: Javier de la Cueva <jdelacueva AT derecho-internet.org>
  • To: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: [Cc-es] Sentencia favorable al Copyleft y a las CC en Salamanca
  • Date: Tue, 08 May 2007 03:49:13 +0200

Para vuestro conocimiento y, nuevamente, pidiendo perd贸n por referirme a
mi p谩gina web, os comunico la sentencia ganada en Salamanca,
verdaderamente ejemplar para el modelo de licencias libres. Dispon茅is
del texto 铆ntegro de la resoluci贸n en el enlace al final de la p谩gina.

http://derecho-internet.org/node/406

De la misma, os copio y pego parte de su fundamento tercero:

Hasta fechas recientes esa posibilidad de desvirtuar la presunci贸n
se tornaba ciertamente dif铆cil, dada la ingente cantidad de obras
gestionadas por la SGAE, bien a consecuencia de contratos estipulados
directamente por los autores con la SGAE o a trav茅s de contratos de
reciprocidad concertados con otras entidades de gesti贸n de todo el
mundo, todo lo que ha generado hasta ahora la sensaci贸n de que la SGAE
tiene un derecho a la gesti贸n exclusiva del repertorio universal de las
obras musicales.

Sin embargo, en los 煤ltimos tiempos est谩 alcanzando en nuestro pa铆s
cierto auge un movimiento denominado de "m煤sica libre", muy relacionado
con la expansi贸n de Internet como medio de distribuci贸n musical. De un
modelo de difusi贸n de los contenidos musicales limitado a la venta y al
alquiler de ejemplares, controlado por la industria de contenidos, se ha
pasado a un modelo casi ilimitado, gracias a la difusi贸n global que
proporciona Internet, 谩mbito en el que los propios creadores, sin
intermediaci贸n de la industria, pueden poner a disposici贸n de los
usuarios de Internet copias digitales de sus obras. Este fen贸meno ha
originado la concurrencia o coexistencia de diferentes modelos de
difusi贸n de contenidos en relaci贸n a las nuevas posibilidades ofrecidas
por Internet:

a) El tradicional, basado en la protecci贸n de la copia
("copyright"), que busca una restricci贸n del acceso u uso del contenido
"on line", recurriendo a f贸rmulas negociales de car谩cter restrictivo y
medidas tecnol贸gicas de control de accesos, que se subsumen en los
llamados "Digital Rights Management".

b) Un modelo que proporciona acceso libre "on line" a los
contenidos, permiti茅ndose en ocasiones el uso personal de los mismos
(modelos de licencia impl铆cita) y, en otros supuestos, la difusi贸n libre
de la obra, su transformaci贸n e incluso su explotaci贸n econ贸mica, con la
煤nica condici贸n de citar la fuente. Se trata de los modelos de dominio
p煤blico y de licencias generales (General Public License), como son, por
ejemplo, las licencias "creative commons", algunas de las cuales
incluyen la cl谩usula "copyleft".

Con la cl谩usula "copyleft" el titular permite, por medio de una
licencia p煤blica general, la transformaci贸n o modificaci贸n de su obra,
obligando al responsable de la obra modificada a poner la misma a
disposici贸n del p煤blico con las mismas condiciones, esto es, permitiendo
el libre acceso y su transformaci贸n. Con las licencias creative commons,
el titular del derecho se reserva la explotaci贸n econ贸mica y puede
impedir transformaciones de la misma. Por tanto, debe distinguirse las
licencias creative commons de la cl谩usula "copyleft". En ocasiones habr谩
licencias creative commons que incluyan la cl谩usula "copyleft".

En todo caso, este modelo parte de la idea com煤n de pretender
colocar las obras en la Red para su acceso libre y gratuito por parte
del p煤blico. Sus partidarios lo proponen como alternativa a las
restricciones de derechos para hacer y redistribuir copias de una obra
determinada, restricciones que dicen derivadas de las normas planteadas
en los derechos de autor o propiedad intelectual. Se pretende garantizar
as铆 una mayor libertad, permitiendo que cada persona receptora de una
copia o una versi贸n derivada de un trabajo pueda, a su vez, usar,
modificar y redistribuir tanto el propio trabajo como las versiones
derivadas del mismo. Se trata, sostienen los partidarios de este modelo,
de otorgar al autor el control absoluto sobre sus obras, y surge como
respuesta frente al tradicional modelo del copyright, controlado por la
industria medi谩tica.

--
Cordiales saludos,
Javier de la Cueva



  • [Cc-es] Sentencia favorable al Copyleft y a las CC en Salamanca, Javier de la Cueva, 05/07/2007

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