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cc-es - Re: [Cc-es] ejemplos varios de obras en CC

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Subject: Creative Commons en España

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  • From: David Maeztu <david.maeztu AT aulir.com>
  • To: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: Re: [Cc-es] ejemplos varios de obras en CC
  • Date: Tue, 26 Oct 2004 08:39:54 +0200

Jorge Cortell escribió:

Hola a todos,

Tengo varios ejemplos de gente que quiere usar las CC, y un par de dudas que creo que al comentarlas aquí "en público" pueden servir para pulir detalles.

Primero los ejemplos que no tienen dudas: tanto la UPV (como ya he comentado, van a liberar los contenidos de 2 masters completos, para empezar, y se está trabajando para que el Rector y el Conseller de educación den una rueda de prensa apoyando públicamente la iniciativa), como la Universidad de Murcia (a través del Decano de Informática, quien a su vez quiere convencer al Rector) están a punto de anunciar sus posturas. Otro ejemplo es el cotizado pintor Claudio Zirotti (quien ha creado una colección de cuadros con temática Hacker y Geek que está muy bien), que quiere liberar sus obras (y así lo pondrá en su web http://claudio.zirotti.com la semana que viene), y que a su vez invita a la comunidad CC-ES y a colectivos comprometidos con el "movimiento libre" en general (como Hispalinux, CPSR-ES, etc) a usar sus creaciones libremente (sin ánimo de lucro) para ilustrar webs, posters de eventos, distribuciones de soft, y lo que se quiera.

Por cierto, para estos eventos, y dado que por mucho que algunos no lo crean, no me gusta la atención mediática, ¿hay alguien de CC-ES cualificado para hablar del tema en la zona de Valencia? ¿Se ha confeccionado ya esa famosa "lista de conferenciantes"?

Bueno, y ahora la duda:
Un tal "Ordectivo", que es webmaster de Wavlab.com, y cuyo email es: ordectivo AT ya.com
me ha escrito un email en el que me comenta que se quiere distribuir un libro en formato electrónico bajo una licencia CC-ES (un libro que ya está editado en papel bajo Copyright). Esta es su propuesta:

"¡ATENCIÓN!: Esta obra queda protegida bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 2.0 España, disponible en http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.0/es/legalcode.es SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO, anulando de ésta forma la parte de la CC Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 2.0 España que indica lo siguiente “Los anteriores derechos se pueden ejercitar en todos los medios y formatos, tangibles o intangibles, conocidos o por conocerâ€, siendo esto modificado por “Los anteriores derechos se pueden ejercitar sólo en formatos electrónicos conocidos o por conocerâ€. Dicha licencia deja claro que se puede copiar, distribuir y comunicar públicamente la obra, con la modificación aquí expresada, es decir, que solo podrá hacerse en formato electrónico; también se indica en ésta que se deberá reconocer y citar al autor original, que la obra no podrá ser utilizada para fines comerciales sin la autorización del autor, no se podrá alterar ni transformar o generar una obra derivada a partir de ésta, y que al reutilizar o distribuir la obra se tienen que dejar claros los términos de la licencia que tiene.

Queda prohibida, salvo excepción prevista en la ley, cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de ésta obra EN CUALQUIER FORMA sin contar con la autorización de los titulares de propiedad Intelectual SALVO EN FORMATOS ELECTRÓNICOS, en los que se podrá distribuir no comercialmente reconociendo y citando al autor original gratuitamente siempre que se respete el texto original (salvo autorización previa del autor). La infracción de los derechos mencionados puede ser constitutivo de delito contra la propiedad intelectual (arts 270 y sgts. Código Penal).

Crees que es claro y consigue los fines que se persiguen? Sobre lo de la lista de CC me parece estupendo, hazlo si puedes, y como siempre, Muchísimas Gracias..."

Se le podría contestar directamente, pero creo que es un ejemplo "de libro ;-)" y que por lo tanto no estaría de más comentarlo aquí entre todos (yo le haré llegar las respuestas, o enviadle copia directamente).

Bueno, perdonad que no esté más activo, pero el proyecto www.democraciadirecta.net me tiene "absorbido".
Salu2
Jorge

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En primer lugar, el autor, como autor, puede distribuir su obra con las condiciones que estime oportunas, eso es el punto primero y del que no podemos olvidarnos, de modo que si quiere ponerle tales o cuales clausulas es su decisión, perfectamente respetable, siempre que se adecue a la legalidad, claro.
En este caso, no parece que se vulnere la misma, así que la licencia sería tan valida como las cc sin modificar.
Otro caso, y del que seguro que hay "doctrina" más cualificada, es sobre el hecho de usar cc, cuando el contenido de la licencia mismo es modificado, y si el cambio no importa para seguir usando el nombre de creative commons y su imagen, o por contra, al modificarse el contenido de la licencia, limitando su alcance, sale del ambito cc para ser una licencia de un individuo particular, y por tanto no se debe usar bajo la denominación cc.

Un saludo.





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