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cc-es - [Cc-es] El mito de la propiedad intelectual como una forma de censura

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Subject: Creative Commons en Espa馻

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  • From: "David" <aristegui AT nodo50.org>
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  • Subject: [Cc-es] El mito de la propiedad intelectual como una forma de censura
  • Date: Mon, 21 Jul 2014 15:06:40 +0200

http://marxcopyright.wordpress.com/2014/07/21/el-mito-de-la-propiedad-intelectual-como-una-forma-de-censura/

NOTA DEL AUTOR: el siguiente texto es un fragmento de 驴Por qu茅 Marx no
habl贸 de copyright? La propiedad intelectual y sus revoluciones. Considero
que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que se est谩 planteando
no es acertada ni soluciona los problemas que hay en la cultura en la
actualidad. Pero no comparto en absoluto que esta reforma de la LPI sea
para articular formas de censura, de ah铆 la publicaci贸n de este texto.

Una cr铆tica habitual a la propiedad intelectual es asociarla a la censura.
Hay de hecho libros dedicados casi en exclusiva a ese tema, como
Copyright聮s paradox de Neil Weinstock Netanel. Es un mito tan extendido
que consideramos importante intentar ayuidar a desmontarlo.

Recientemente la activista y hacker Margarita Padilla reflexionaba en su
texto Mercado y conflicto sobre c贸mo Centre de Seguretat de la Informaci贸
de Catalunya (CESICAT) hab铆a conseguido que se retirara unos documentos
filtrados y disponibles en Dropbox. El CESICAT consigui贸 la retirada de
los documentos alegando que se vulneraban su propiedad intelectual, lo que
lleva a afirmar con rotundidad a Padilla que

聯[...] copyright y censura es lo mismo. El mejor y menos costoso
mecanismo para cortar la publicaci贸n de contenidos suele ser apelar a los
derechos de autor聰.

Sucede que Dropbox es una empresa susceptible de atender a este tipo de
peticiones de retirada de contenidos protegidos por propiedad intelectual,
sobre todo si llegan desde las instituciones. Y es muy conocido el caso de
Megaupload, en argot un cyberlocker o locker que proporciona servicios de
almacenamiento de ficheros para usuarios, a veces protegidos por propiedad
intelectual.

Pero es conveniente poner las cosas en perspectiva y analizar la
hipot茅tica relaci贸n entre propiedad intelectualy censura desde una
perspectiva hist贸rica y no s贸lo desde episodios actuales y puntuales.
Tendemos a olvidar que con el desmontaje del Antiguo R茅gimen la libertad
de prensa, la propiedad intelectual y el dominio p煤blico aparecieron
simult谩neamente. Con el final de los gremios y sus monopolios se empez贸 a
desarrollar una nueva manera de regular el mercado del libro, la propiedad
intelectual, una propiedad limitada en el tiempo y que posibilitaba el
novedoso dominio p煤blico.

La censura reapareci贸 y persisti贸 en los nuevos estados-naci贸n del siglo
XIX, de m煤ltiples maneras y con caminos paralelos a las regulaciones de
propiedad intelectual, pero 茅sta y la propiedad intelectual operan a
niveles distintos, ya que son herramientas que utilizan actores distintos.
La censura la ejercen los estados, los derechos de propiedad intelectual
las empresas o los autores. Casos como el del CESICAT antes son en
realidad totalmente anecd贸ticos, y m谩s si tenemos en cuenta las actuales
leyes de propiedad intelectual. En la Ley de Propiedad Intelectual
espa帽ola existen tanto el derecho de cita como el de parodia, excepciones
a la propiedad intelectual relacionadas con la libertad de expresi贸n. E
incluso se permite vulnerar los derechos de propiedad intelectual en caso
de informaciones de actualidad: en la LPI se refleja como el derecho a la
informaci贸n prevalece a veces sobre los derechos de autor.

En el 谩mbio anglosaj贸n existe el fair use (uso justo), que permite la
utilizaci贸n de contenidos protegidos por copyright bajo ciertas
condiciones. Es cierto que tanto las excepciones contempladas en la LPI
como las del fair use son mucho m谩s restrictivas de lo deseable, pero si
que quiere juzgar con un m铆nimo de ecuanimidad la relaci贸n entre propiedad
intelectual y censura no se deben ignorar.

Un caso hist贸rico que es especialmente clarificador respecto a las
habituales divergencias entre propiedad intelectual y censura son las
aventuras y desventuras del Ulises de James Joyce. Su publicaci贸n fue
pol茅mica debido a su contenido sexual expl铆cito y fue prohibido en el
Reino Unido y otros pa铆ses durante muchos a帽os. La primera edici贸n de
realiz贸 en Francia y posteriormente la obra cruz贸 el Atl谩ntico. En EEUU la
censura adoptaba en esos momentos la forma de leyes contra la obscenidad
de Comstock. Las editoras que publicaron los primeros cap铆tulos del libro
en la revista The Little Review, Jane Keep y Margaret Anderson,fueron
condenadas por intentar publicar el libro y estuvieron a punto de ir a la
c谩rcel. Por otro lado, una versi贸n autocensurada para evitar problemas
legales del Ulises y que no contaba con la autorizaci贸n de Joyce fue
comercializada por Samuel Roth.

La moraleja de la historia es que estas dos editoras resperaton el
copyright de Joyce y se toparon con la censura y leyes represivas,
mientras Roth lo vulner贸 y adem谩s mutil贸 la obra, para lograr pasar la
censura y as铆 no exponerse legalmente. En este caso queda claro que no es
generalizable que quien vulnera derechos de propiedad intelectual lo hace
para luchar contra la censura o fines filantr贸picos, o que quien pide que
se respeten sus derechos de autor o la integridad de su obra lo hace con
un 谩nimo censor. 驴Fue un intento de censura que James Joyce pidiera que no
se difundiera una versi贸n del Ulises mutilada, es decir, autocensurada? La
asimilaci贸n de propiedad intelectual a la censura, sin m谩s
consideraciones, ignorando casos hist贸ricos que desmienten esa relaci贸n y
las legislaciones actuales es un mito a erradicar.






  • [Cc-es] El mito de la propiedad intelectual como una forma de censura, David, 07/21/2014

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