Hola,
Me ha gustado mucho, pero no creo que sea el público al que debes dirigirlo. Quizás sería mejor enviarlo a las grandes productores, televisiones y medios audiovisuales españoles, de los que directamente cogen tu obra sin tu permiso y la usan, amparándose en que "ellos ya pagan a la SGAE" (como la productora de Redes en mi caso). Creo que lo interesante es que este comunicado llegara a ese público, que es el que no conoce algunos de esos diez puntos que mencionas.
Quizás ese sea el gran problema de las CC, que solo las respetan los que las conocen.
Un saludo.
Las sincronizaciones son dudas recurrentes con las CC...http://www.culturalibre.org/productores-audiovisuales-diez-consejos-a-la-hora-de-negociar-tu-banda-sonora/Productores Audiovisuales: diez consejos a la hora de negociar tu bandasonora1. Las distintas cesiones se negocian, siempre, antes de la fase depre-producción. Dedica un tiempo a la elección y negociación de tu bandasonora. Es muy probable que, si son varios los artistas que componen tubanda sonora, el proceso de negociación se dilate en el tiempo. Por tanto,se previsor. Negociar con los artistas, una vez que ya se han sincronizadolas distintas obras, supone una clara desventaja a la hora de afrontarestas negociaciones: el Productor ha invertido recursos en el trabajo deedición y el Director ha creado las escenas con una banda sonora que lasapoya. Cambiar algo del trabajo ya realizado es un error y un gastoinnecesario. En este sentido, autores e intérpretes negocian con losProductores en una posición de fuerza, que les permite conseguir mejorescondiciones y, en el supuesto de no llegar a un acuerdo, interponermedidas de defensa de sus derechos, como las temidas medidas cautelaresque pueden impedir la explotación de la obra audiovisual.2. Formaliza por escrito los acuerdos a los que hayas llegado con losartistas. Nunca te bases en acuerdos verbales. En caso de no especificarque tipo de licencia utilizas, la Ley entiende que la obra está licenciadabajo el conocido “Todos los derechos reservados”. El silencio sobre eltipo de acuerdo que, en su caso, ha existido con el autor o intérprete,perjudica y mucho al Productor.3. Toda obra puede estar sujeta a un sinfín de relaciones. Debes saber queel artista, en muchas ocasiones, no puede ceder libremente lasincronización de su obra al no tener la propiedad del master o delfonograma original, con lo cual habrá que negociar con el correspondienteProductor de Fonogramas. De este modo, es posible que el artista firme lacláusula donde se obliga a “responder ante el Productor de la autoría yoriginalidad de su creación intelectual y del ejercicio pacífico de losderechos que le ha cedido en este contrato”, pero ello no implica que larealidad sea otra muy distinta. Asegúrate, previamente a sincronizar laobra, quién es el titular de los derechos.4. Indica en tu contrato todos y cada uno de los supuestos de explotaciónde la obra y las diferentes vicisitudes que pudieran haber en el futuro.Lo que no está escrito, sólo puede perjudicar al Productor.5. Aunque se trate de un artista o intérprete que difunda su obra bajolicencia Creative Commons, ello no implica que no necesitemos permiso parahacer uso de la misma y, en su caso, explotarla. Una de las licencias máscomunes (Reconocimiento – NoComercial – SinObraDerivada (by-nc-nd)), nopermite un uso comercial de la obra original ni la generación de obrasderivadas. Ello supone que su sincronización en una película no estáamparada por los usos permitidos según este tipo de licencia. Por tanto,hay que negociar la cesión.6. Incluye en tu contrato un plazo amplio para la producción de lapelícula desde la firma del contrato. A veces acontecen hechos que puedenhacer variar la fecha final de producción y más aún de estreno.7. Especifica la duración de la obra en la película, en que momentocomienza y cuando termina y el tipo de escena que acompaña. Lascondiciones de la cesión se basan, en gran medida, en estos elementos,existiendo obras que resultan importantes y decisivas en el desarrollo dela película y otras que son secundarias.8. No olvides recoger todas las menciones legales en los créditos finales.9. Cuidado con el dominio público. Antes de optar por hacer uso de lamúsica de un autor o intérprete, infórmate bien si efectivamente ya haentrado en dominio público. Consulta a un asesor.10. Y, por supuesto, antes de firmar cualquier contrato de cesión dederechos consulta con un abogado.------------------------------_______________________________________________Cc-es mailing listCc-es AT lists.ibiblio.orghttp://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-esFin de Resumen de Cc-es, Vol 87, Envío 6****************************************
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