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cc-es - RV: [Cc-es] Las CC no son un contrato

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Subject: Creative Commons en España

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Chronological Thread  
  • From: Maria Jose Iglesias <maria.iglesias AT uib.es>
  • To: cc-es AT lists.ibiblio.org
  • Subject: RV: [Cc-es] Las CC no son un contrato
  • Date: Mon, 18 Oct 2004 20:11:01 +0200



-----Mensaje original-----
De: Maria Jose Iglesias [mailto:maria.iglesias AT uib.es]
Enviado el: lunes, 18 de octubre de 2004 20:10
Para: 'Miquel Vidal'; 'Carlos Sánchez Almeida'
CC: 'cc-es AT lists.ibiblio.org'
Asunto: RE: [Cc-es] Las CC no son un contrato


También estoy de acuerdo con Miguel. De todos modos creo que más que una
discusión propia y realmente problemática del derecho español, nos estamos
metiendo en un polémica importada de otros sistemas en los que el carácter
vinculante de las "promesas" es más que discutible (y esto sí es un
problema). Como se ha dicho en este foro en nuestro derecho la promesa
unilateral está generalmente aceptada, algo que no sucede en otros
ordenamientos (creo recordar en el derecho francés y en el británico). A
nosotros lo que nos importa (creo) es que sea o no sea jurídicamente
vinculante, y tanto contratos como promesas lo son. (Sobre este problema
hubo también interesantes discusiones en la elaboración de la Directiva
sobre comercio electrónico). Tal vez me pierda otras diferencias con
relevancia práctica que agradecería enormemente (aún sigo un poco perdida)
que me comunicarais. Creo que es interesante instrumentalizar el discurso,
a fin de cuentas el derecho es siempre moldeable, y lo que nos hace falta es
identificar las herramientas que mejor se adecuen a nuestro propósito. La
seguridad jurídica en España la otorgan tanto los contratos de cesión no
exclusiva como las promesas unilaterales de cesión no exclusiva, ¿o no?

En cuando a considerar que son condiciones generales el tema del registro no
parece plantear grandes problemas, ya que éste no es obligatorio y
simplemente se realiza (que casi nadie lo hace) a efectos de publicidad.



-----Mensaje original-----
De: cc-es-bounces AT lists.ibiblio.org
[mailto:cc-es-bounces AT lists.ibiblio.org]En nombre de Miquel Vidal
Enviado el: lunes, 18 de octubre de 2004 18:38
Para: Carlos Sánchez Almeida
CC: cc-es AT lists.ibiblio.org
Asunto: Re: [Cc-es] Las CC no son un contrato


El lun, 18-10-2004 a las 15:21, Carlos Sánchez Almeida escribió:
> Después de releer todas las aportaciones, voy a entonar un mea culpa.
Creo
> que es un error en estos momentos perdernos en disquisiciones sobre la
> naturaleza jurídica de las licencias Creative Commons. Si algo tiene que
> quedarle claro tanto a los autores que las quieran utilizar, como a
aquellos
> que disfrutan de sus obras gracias a CC, es que Creative Commons otorga
> seguridad jurídica, una seguridad jurídica que viene dada por la
legislación
> vigente. Que con Creative Commons se tiene la misma seguridad jurídica
que
> con el copyright restrictivo.
>

correcto (esto debería ir tal cual a unas FAQs) ;-)

> Creative Commons va a sufrir un proceso de acoso, estoy convencido, y de
> hecho Javier ya tuvo que sufrir el otro día los embates de un fan del
> copyright. Así pues es importante aunar los esfuerzos de todos aquellos
que
> estamos aquí, de todos aquellos que creemos en el copyleft, con
> independencia del sexo de los ángeles que iluminaron a Lessig cuando las
> concibió. Qué argumentos jurídicos utilizaremos cuando se discutan en
> tribunales, es algo que debemos guardarnos para el turno de defensa, que
> siempre tiene la última palabra, antes de que un magistrado establezca
> jurisprudencia sobre el tema.
>

esto, amigo Carlos, no lo comparto. Sí que entiendo la preocupación que
expresas por no perdernos en disquisiciones excesivamente técnicas que
nos hagan perder la perspectiva y los objetivos de todo esto, sobre todo
en los inicios del proyecto, cuando hay que fundamentarlo. También
coincido en la necesidad de aunar esfuerzos, de comprender los conceptos
que subyacen a las licencias (las licencias no son más que la plasmación
jurídica de unos conceptos de naturaleza política acerca de la libertad,
el procomún y la libre cooperación) y no perderse en detalles
particulares o localistas (que si tengo un primo en Murcia que toca la
guitarra, que si la sgae son esto o lo otro, que si el canon es mazo
chungo, etc.) Sin embargo, no creo que el mejor modo de fortalecer CC y
el copyleft en general sea con un cierre de filas (prietas, marciales)
ajeno a la revisión crítica de los "pares" (es decir, de los juristas
que podéis probar su consistencia), sino que es muy saludable indagar
públicamente en posibles puntos débiles, hipotéticas inconsistencias o
vulnerabilidades, tanto en lo técnico (jurídico) como en lo político (el
argumentario en que nos apoyamos).

Aunque alguien podría pensar que en ese caso estaríamos dando pistas y
exponiendo a la vista de todos debilidades a los partidarios de
restringir derechos, en realidad nos adelantamos y nos hacemos
conscientes de posibles puntos débiles para corregirlos o reforzarlos.
En términos generales (hay excepciones marcadas por el sentido común) el
escrutinio público refuerza los proyectos, no los debilita (de ahí que
todas las listas de CC sean públicas). En cambio, ignorarlos, o hacer
como que "todo va bien", no ayuda. Por ejemplo, sería mucho peor que te
encontrases de bruces con una de esas debilidades directamente, sin
haber pensado en ello, en el hipotético caso de que llegases a un
juzgado (o en un debate público, etc.). La autocrítica nos hace fuertes
:)

saludos,

miquel

--
Miquel Vidal :: Using Debian GNU/Linux
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  • RV: [Cc-es] Las CC no son un contrato, Maria Jose Iglesias, 10/18/2004

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