[Cc-es] Traducción del FAQ de CC
Javier Candeira
javier en candeira.com
Lun Feb 7 06:11:09 EST 2005
Muchas gracias, Reynaldo. Si alguien quiere darle una lectura durante esta
semana y repasarlo, lo subiría yo mismo el sábado en el wiki que hay
temporalmente en http://derecho-internet.org/mediawiki/index.php/Portada
Lo mismo podemos integrar el texto de Javier de la Cueva para la
presentación de Madrid en la parte de "vigencia Internacional" y "vigencia
en España", que es lo único en lo que CC-USA se queda cojo en sus FAQ.
Saludos,
-- javier
Reynaldo Cordero wrote:
> Hola,
> ahí va la traducción de la FAQ de CC que hay en
> http://creativecommons.org/faq
>
> Saludos,
> --Reynaldo
>
>
> ------------------------------------------------------------------------
>
> Preguntas Frecuentes
>
> Nuestro modelo de éxito depende de tu participación, así pues, por favor envíanos tus opiniones a info en creativecommons.org. Hemos agrupado las preguntas frecuentes por categorías para tu comodidad. Si tienes una pregunta específica que no está incluida aquí, por favor háznoslo saber.
>
>
> Licencias y dominio público
>
> Me gustaría poner bajo licencia mi trabajo a cambio de dinero y beneficiarme recogiendo mis derechos de autor. ¿Me puede ser útil Creative Commons?
> Mejor para ti, pero no, no proporcionamos esos servicios. Te recomendamos que visites el Copyright Clearance Center (centro de permisos para el copyright) para estos fines. El Copyright Clearance Center ofrece unos excelentes servicio para editores y autores a la hora de poner en marcha un sistema de pago por uso así como para la recogida de derechos de autor.
>
> ¿Está relacionado Creative Commons únicamente con las licencias?
> En absoluto. La versión December 16 de nuestras licencias es sólo el primero de muchos proyectos de Creative Commons. También proporcionamos herramientas para que los que quieren dedicar su trabajo al dominio público puedan hacerlo. Y pronto, con nuestro "Founder's Copyright" (copyright de fundador) ayudaremos a los propietarios de copyright a poner en marcha el sano equilibrio entre gratuidad y propiedad que contempla el marco de la Constitución de EE.UU. En 2003 tenemos planeado comenzar con el programa "Creative Commons Conservacy", una especie de "zona protegida" para los trabajos intelectuales. Adquiriremos o recibiremos donaciones por los trabajos que tengamos disponibles para uso público mientras los protegemos de los usos en explotación. También destacamos los muchos enfoques novedosos hacia el marketing y la distribución de trabajos intelectuales que están produciéndose en la actualidad, tanto en los ámbitos privado como público. Finalmente, ten en cuenta que este
conjunto de licencias es sólo el principio. Podremos ofrecer otras opciones en el futuro, dependiendo de tus necesidades y deseos. Por lo tanto, envíanos tus opiniones, por favor.
>
> ¿Está construyendo Creative Commons una base de datos de contenidos que están bajo licencia?
> En absoluto. Creemos en la Red, no en un banco de información centralizado de estilo soviético controlado por una única organización. Estamos construyendo herramientas de manera que la web semántica pueda identificar y clasificar los trabajos bajo licencia de una manera distribuida y descentralizada. Nuestro trabajo no es la recogida de contenido, o la creación de bases de datos de contenido.
> Para dar una idea de los tipos de uso que pueden hacerse de nuestras licencias y metadatos, hemos puesto algunos ejemplos en nuestro registro de trabajos presentados. No es de ninguna manera un catálogo exhaustivo de todo lo que se está haciendo con las licencias de Creative Commons en la actualidad, ni tampoco el principio de una base de datos. Es simplemente una muestra de algunos trabajos sobre diferentes medios que han sido puestos bajo licencia hasta el momento.
>
> ¿Los trabajos que usen las licencias de Creative Commons serán de "dominio público"?
> Si quieres que tu trabajo sea de dominio público (el reino del material creativo libre de las trabas de la ley del copyright) podemos ayudarte a hacerlo. Si quieres mantener tu copyright y medidas de control, puedes usar una de nuestras licencias. Estas licencias no van a poner tu trabajo bajo el dominio público, pero estimularán la reutilización creativa de tu trabajo en formas que no contempla la protección total del copyright.
>
> ¿Está Creative Commons en contra del copyright?
> En absoluto. Nuestras licencias te ayudan a mantener el copyright a la vez que permiten ciertas excepciones con respecto a él, bajo ciertas condiciones. De hecho, nuestras licencias se basan en el copyright como refuerzo, igual que la licencia general pública GNU. La justificación para la protección de la propiedad intelectual (al menos bajo la ley de EE.UU.) es "la promoción del progreso de la ciencia y las artes aplicadas". Queremos promocionar la ciencia y las artes aplicadas también, y creemos que ayudar a los creadores a ejercitar de forma precisa sus derechos para ajustarse a sus preferencias es precisamente eso.
>
> Si elijo la opción de licencia no comercial, ¿puedo seguir ganando dinero con mis trabajos con licencia?
> Por supuesto. La condición de "uso no comercial" sólo tiene aplicación para aquéllos que usen tu trabajo, no para ti (el propietario del copyright). Si otras personas usan, comercian o copian tu trabajo, no pueden hacerlo por "compensación monetaria o ganancia financiera", a menos que tengan tu permiso.
> Uno de nuestros objetivos principales es animar a la gente a experimentar con nuevas formas de promoción y márketing de su trabajo. De hecho, diseñamos la opción de licencia no comercial para que fuera una herramienta que ayudara a la gente a ganar dinero con su trabajo, permitiéndoles aumentar al máximo la distribución de sus obras y a la vez manteniendo el control sobre los aspectos comerciales de su copyright.
> Pongamos este ejemplo: Pones tu fotografía bajo una licencia no comercial y la incluyes en tu sitio web. Una editora de "Spectacle", una revista con ánimo de lucro, encuentra tu foto y la quiere usar para la portada del siguiente número. Según el término no comercial, la editora podría copiar tu fotografía y mostrársela a sus amigos y compañeros de trabajo, pero tendría que llegar a un acuerdo contigo (a cambio de dinero, si eres listo) para usarla en la revista.
> Una nota especial sobre la provisión no comercial: según la actual ley de EE.UU., la compartición o el intercambio de obras en línea está considerado un uso comercial, incluso si no hay dinero de por medio. Debido a que creemos que la compartición de ficheros, usada de forma apropiada, es una herramienta poderosa para la distribución y la educación, todas las licencias de Creative Commons contienen una excepción especial para la compartición de ficheros. El intercambio de obras en línea no es un uso comercial, según nuestros documentos, teniendo en cuenta que no está hecho para obtener una ganancia económica.
>
> ¿Afectan las licencias de Creative Commons a los derechos del buen uso?
> No. Todas nuestras licencias incluyen la siguiente frase: "Nada en esta licencia está concebido para reducir, limitar o restringir cualquier derecho derivado del buen uso, primera venta u otras limitaciones en los derechos exclusivos del propietario del copyright y según la ley del copyright u otras leyes aplicables". El buen uso, la doctrina de la primera venta y otras limitaciones similares tienen aplicación tanto si el propietario del copyright da su consentimiento para ellas o no. Esto es adecuado, y queremos que existan tales cosas.
>
> ¿Qué presencia legal tendrán las licencias de Creative Commons fuera de los Estados Unidos?
> Nuestros abogados y nosotros hemos trabajado mucho para crear las licencias de forma que se puedan hacer cumplir en tantas jurisdicciones como sea posible. Dicho esto, no podemos tener en cuenta cada matiz en las varias leyes del copyright que hay en el mundo. A medida que crezcan nuestros recursos y aliados, esperamos ofrecer licencias diseñadas para jurisdicciones específicas en 2003. Nótese sin embargo, que nuestras licencias contienen cláusulas "de variedad", lo que significa que si se encuentra que una cierta provisión no puede hacerse cumplir en un determinado lugar, esa y sólo esa provisión se eliminará de la licencia, dejando intacto el resto del acuerdo.
>
> ¿Puedo usar una licencia de Creative Commons con software?
> En teoría sí, pero no va resultarte interesante. Te animamos encarecidamente a usar una de las excelentes licencias disponibles en la actualidad. (La Free Software Foundation y la Open Source Initiative destacan como principales recursos de este tipo de licencias). Al contrario que nuestras licencias - que no mencionan el código fuente o el código objeto - estas licencias ya existentes fueron diseñadas específicamente para ser usadas con software.
>
> ¿Puedo usar las licencias de Creative Commons para la documentación de software?
> Recomendamos la licencia de documentación libre (Free Documentation License) de la Free Software Foundation para textos de soporte de un software.
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> ¿Algunas combinaciones de las opciones de licencia a medida son incompatibles entre sí?
> Hay una combinación de opciones que no tiene sentido: "Obras derivadas no permitidas" combinada con "Compartición en términos iguales". Esta combinación no es válida porque la condición "Compartición en términos iguales"sólo tiene sentido con obras derivadas. Si se eligen ambas opciones, te enviaríamos un amable recordatorio sobre este asunto y te rogaríamos que hicieras la selección de opciones de nuevo. Debe observarse que la licencia Creative Commons necesita de licencias para anexar a los términos originales para cada copia literal que se distribuya. De modo que si se copia un fichero musical que está bajo una licencia no comercial, debe notificarse a todo el mundo que la copia que se hace de ese fichero está también bajo una licencia no comercial. La opción "Compartición en términos iguales" simplemente extiende este requisito a todas las obras derivadas. Así que si se fuera a usar ese mismo MP3 no comercial en una película documental, la provisión "Compartición en té
rminos iguales" obligaría a poner dicha película bajo una licencia no comercial también.
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> ¿Qué ocurriría si el dueño de un copyright dijera que su trabajo está regido por dos licencias diferentes de Creative Commons?
> Elije la licencia con la que quieres usar la obra. Generalmente, un propietario que ofrece su obra bajo dos licencias diferentes está proporcionando al público la posibilidad de elegir entre ambas. Si, por ejemplo, una fotografía está regida por una licencia con una provisión no comercial, más una licencia aparte con una provisión de atribución, no quiere decir que ambas licencias tengan que funcionar a la vez. Si un propietario quiere que las dos licencias actúen a la vez, debería asegurarse de elegir una única licencia que contenga las provisiones de ambas.
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> ¿Me ayudaría Creative Commons a hacer cumplir mi licencia?
> No, nosotros sólo proporcionamos la licencia, más un sumario en lenguaje claro y una traducción legible por una máquina del mismo. No somos una empresa jurídica. Más bien somos como una editora de "autoayuda" que ofrece documentación - sin coste alguno - para que lo utilices como creas oportuno. No podemos permitirnos dar servicios auxiliares a las situaciones particulares de cada uno, y en cualquier caso, nuestra misión no incluye el proporcionar tales servicios.
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> Creadores, autores y autorizadores
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> ¿Por qué habría de dejar mi obra para uso del dominio público, o ponerlo disponible según una licencia a medida de Creative Commons, si el copyright me proporciona mayor protección legal?
> Podrías hacerlo por unas cuantas razones. Algunas personas pueden sentirse atraídas por la noción de que otros construyan añadidos a su obra, o por la perspectiva de contribuir al trabajo intelectual común. A medida que crece la comunidad de Creative Commons, los autorizadores de licencias tendrán la satisfacción de ayudar a desarrollar nuevas formas de colaboración. O podrías poner bajo licencia tu obra por puro interés personal. Un erudito podría querer que sus escritos fueran copiados y compartidos de manera que sus ideas se extendieran por el mundo. Una diseñadora en ciernes podría querer estimular la diseminación de sus dibujos para ayudar a crearse una reputación. Un músico comercial ya asentado podría publicar muestras para estimular el apetito del público por sus otras canciones protegidas de forma absoluta. Una activista política puede querer que su mensaje alcance a la mayor audiencia posible a través de la copia sin limitaciones. Nuestras licencias pueden ayuda
r a llevar a cabo estas estrategias, y todas ellas mientras permiten un control último de los derechos de copia.
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>
> Técnico
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> ¿Por qué eligió Creative Commons el uso del formato RDF para sus metadatos?
> Creative Commons buscó la mejor forma de expresar el propósito que hay detrás de las licencias en un formato entendible por una máquina. Creemos que nuestro sistema proporciona lo mejor de los mundos posibles: RDF, XML e incluso las herramientas basadas en texto plano pueden procesar fácilmente nuestros ficheros de metadatos porque los entregamos con un formato estructurado. Pero al igual que las herramientas de XML facilitan procesar la información de forma más sencilla que las que están basadas en texto, RDF lo hace aún más sencillo - por lo que animamos a nuestros desarrolladores a usar las herramientas RDF cuando sea posible. También estamos trabajando con la comunidad para proporcionar código de ejemplo Creative Commons, en muchos lenguages diferentes, que muestran lo fácil que es aprovechar la información en RDF. También estamos abiertos a proporcionar conversores de RDF a otros formatos. Si tienes una herramienta como ésta o quisieras obtener una, por favor envía in
formación sobre el tema a nuestra lista de metadatos.
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> ¿Cómo puedo usar en mi programa los metadatos de Creative Commons?
> Puedes usarlos de varias formas. Un programa de dibujo o de escritura podría hacer saber a sus usuarios los derechos garantizados por el autorizador del fichero. El software de compartición de ficheros podría destacar ficheros con licencia de Creative Commons y animar a los usuarios a descargarlos. De hecho, vemos al software de compartición de ficheros entre iguales (peer-to-peer o P2P) como un mecanismo de distribución excelente para las obras con licencia Creative Commons, especialmente ficheros grandes que contengan música, imágenes y películas cuyos autores pueden no tener el ancho de banda o las herramientas necesarias para distribuirlos por sí mismos. Los sistemas de búsqueda podrían permitir a los usuarios la opción de buscar únicamente los ficheros con licencias que permitan ciertos usos (como por ejemplo el uso de imágenes de gatos para incluir en un collage no comercial). Hay muchas formas de aprovechar esta información y esperamos que la comunidad de desarrolla
dores nos sorprenda con otras nuevas.
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> Preferiría usar una imagen PNG en lugar de un botón GIF que me proporcionen. ¿Qué debería hacer?
> Proporcionamos por defecto imágenes GIF para dar compatibilidad con el máximo número de navegadores, pero si prefieres usar imágenes PNG para presentar nuestro botón, hay versiones PNG en nuestro servidor en la misma ubicación que las imágenes GIF. En el HTML que se te entregó cuando creaste la licencia simplemente añade ".png" al final de la URL de la imagen (/ejemplo ? /ejemplo.png).
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>
> General
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> ¿Qué es Creative Commons?
> Creative Commons es una corporación sin ánimo de lucro basada en la noción de que algunas personas pueden no querer ejercitar todos los derechos de propiedad intelectual que les permite la ley. Creemos que hay una demanda no satisfecha de un modo seguro que permita decir al mundo la frase "Algunos derechos reservados" o incluso "Sin derechos reservados". Mucha gente se ha dado cuenta a lo largo del tiempo de que el derecho de copia absoluto no le ayuda a la hora de conseguir la exposición o distribución amplia que desea. Muchos empresarios y artistas han concluido que prefieren confiar en modelos innovadores de negocio más que en los derechos de copia con pleno derecho para asegurarse de tener un beneficio en su inversión creativa. Para otros, es una satisfacción contribuir y participar en un proyecto intelectual común. Por la razón que fuere, es obvio que muchos habitantes de Internet quieren compartir su trabajo - y la posibilidad de reutilizar, modificar y distribuir su
trabajo - con otros en términos generosos. Creative Commons trata de ayudar a la gente a expresar esta preferencia por la compartición ofreciendo a todo el mundo un conjunto de licencias en nuestro sitio web, sin coste alguno.
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> ¿Quién fundó Creative Commons?
> En 2001 fundaron Creative Commons los expertos en "ciberleyes" y propiedad intelectual James Boyle, Michael Carroll y Lawrence Lessig, el profesor de ciencias de la computación del MIT Hal Abelson, el abogado convertido en productor de películas documentales, a su vez convertido en experto en ciberleyes Eric Saltzman, y el editor de webs de dominio público Eric Eldred. Amigos y estudiantes del Berkman Center for Internet & Society at Harvard Law School ayudaron a que el proyecto despegara. Creative Commons en la actualidad tiene su sede, y recibe un generoso apoyo de la Stanford Law School, donde compartimos espacio, personal e inspiración con la Stanford Law School Center for Internet and Society.
>
> ¿Qué problemas pretende resolver Creative Commons?
> Las obras creativas quedan automáticamente bajo la protección de los derechos de copia en tanto están "fijadas en un medio de expresión tangible". En el momento en que se levanta el bolígrafo de un garabato escrito en la servilleta de papel de un bar, se adquiere el derecho exclusivo de copiar y distribuir ese garabato. En algunos países, incluyendo EE.UU., no es necesario un aviso sobre el copyright. Mucha gente podría preferir una alternativa a este "derecho de copia por defecto", en particular aquéllos que realizan sus creaciones en Internet - un lugar que siempre ha prometido comunicación y colaboración sin trabas. Esta es la teoría, en cualquier caso. De hecho, no hay una forma fácil de anunciar que sólo quieres hacer cumplir algunos de tus derechos, o ninguno de ellos. Al mismo tiempo - y de nuevo porque el aviso de copyright es opcional- las personas que quieren copiar y reutilizar obras creativas no tienen una forma fiable de identificar los trabajos que están disp
onibles para tales usos. Esperamos proporcionar algunas herramientas para solucionar los dos problemas: un conjunto de licencias públicas gratuitas lo suficientemente robustas para resistir el escrutinio de un tribunal, lo suficientemente sencillas para que puedan ser usadas por personas no especialistas en asuntos legales, así como suficientemente sofisticadas para ser identificadas por varias aplicaciones de la Web.
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> Entonces, ¿qué es exactamente lo que tiene previsto hacer Creative Commons?
> Nuestro primer proyecto es ofrecer al público un conjunto de licencias para los derechos de copia sin coste alguno. Estas licencias ayudarán a otras personas a comunicar a los demás que sus obras con derechos de copia son gratuitas y de libre distribución, pero sólo en ciertas condiciones. Por ejemplo, si no te importa que otras personas copien y distribuyan una fotografía tuya disponible en línea siempre que les des permiso, tendremos una licencia que te permita expresarlo así. Si quieres que todo el mundo copie los MP3 de tu grupo de música pero no quieres que se beneficien económicamente de ellos sin tu permiso, puedes usar una de nuestras licencias que expresen esta preferencia. Con la ayuda de nuestras herramientas para licencias, podrías incluso mezclar y ensamblar dichas preferencias desde un "menú" de opciones:
> Atribución (Attribution). Permite a otros la copia, la distribución, la exposición y la representación de la obra y obras derivadas basadas en la original únicamente si se da permiso.
> No comercial (Noncommercial). Permite a otros copiar, distribuir, exponer y representar la obra y las derivadas de ella sólo con fines no comerciales.
> Obras derivadas no permitidas (No Derivative Works). Permite a otros copiar, distribuir, exponer y represetnar sólo copias literales de la obra, no otras obras derivadas basadas en ella.
> Compartición en términos iguales (Share Alike). Permite a otros distribuir obras derivadas sólo bajo una licencia idéntica a la que rige la obra original.
>
> Cuando hayas hecho tu elección, tendrás la licencia apropiada expresada de tres maneras:
> 1.Escritura común. Un sumario simple y en lenguaje sencillo de la licencia, completado con los iconos relevantes.
> 2.Código legal. La copia detallada que se necesita para asegurar que la licencia pueda presentarse ante un tribunal.
> 3.Código digital. Una traducción legible por una máquina de la licencia que ayude a los motores de búsqueda y otras aplicaciones a identificar tu trabaj por sus condiciones de uso.
> Si prefieres no reclamar propiedad alguna, siguiendo los pasos de innovadores desde Benjamín Franklin a los pioneros del software actuales, te ayudaremos a hacerlo también. Puedes dedicar tu trabajo al montón de obras creativas sin regulación legal conocido como el dominio público, donde no se es propietario de nada y se permite todo. En otras palabras, te ayudaremos a declarar "Sin derechos reservados".
>
> ¿Me va a costar algo usar vuestras licencias?
> No, Son gratuitas.
>
> ¿Quién financia Creative Commons?
> Creative Commons se fundó con una generosa donación de el Center for the Public Domain. También queremos dar las gracias a la Fundación John D. y Catherine T. MacArthur, de los que hemos recibido este año una sustanciosa beca. Continuamos buscando donaciones de otras fuentes, incluyendo fundaciones, particulares, y becas del estado.
>
> ¿A quién sirve o representa Creative Commons?
> Creative Commons sirve al interés público en lo que se refiere a un intercambio robusto de expresión, conocimiento y arte. Ayudaremos a las personas que quieran poner sus obras bajo una licencia en términos generosos, o que deseen que se hagan usos creativos de sus obras, y a otras personas que se quieran beneficiar de una simbosis de esto. Esperamos que con el uso de nuestras herramientas ganen profesores, catedráticos, científicos, escritores, fotógrafos, productores de películas, músicos, diseñadores gráficos, aficionados de la web, así como oyentes, lectores y espectadores.
>
> ¿Dónde está la sede de Creative Commons?
> Creative Commons es una empresa de Massachusetts impulsada por el trabajo de una plantilla y voluntarios distribuidos geográficamente. El équipo principal tiene su sede en la Stanford Law School Center for Internet and Society.
>
> ¿Es Creative Commons parte de la Stanford Law School?
> No, pero Creative Commons sí comparte espacio, personal e inspiración con la Stanford Law School Center for Internet and Society, y recibe una ayuda generosa de la Stanford Law School.
>
> ¿Trabaja Creative Commons con otras organizaciones o instituciones?
> Creative Commons está buscando la colaboración de unas pocas organizaciones con filosofía parecida. Para saber más sobre este aspecto,visita nuestra página de Colaboradores, o ponte en contacto con nosotros si tú o tu organización queréis ayudar.
>
> ¿No hay ya suficientes tipos de licencia? ¿Qué aporta Creative Commons a lo que se ha estado haciendo hasta ahora?
> Nos hemos inspirado en otras personas interesadas en promocionar la compartición de obras creativas. Destacamos entre ellos a Richard Stallman, fundador de The Free Software Foundation y autor de la Licencia General Pública (General Public License, o GNU GPL). Queremos complementar estos esfuerzos ya existentes para hacer más fácil la compartición y la colaboración, más que competir con ellos. En la actualidad no tenemos previsto involucrarnos en las licencias de software. En lugar de ello, nos concentraremos en obras educativas, películas, literatura, música, fotografía y otras clases de trabajos creativos. Hasta el punto de que trabajaremos con tipos de contenido para los que otros ya están creando licencias, tómese como ejemplo la Open Audio License de EFF, que contemplamos como algo positivo. Cuantas más formas tengan los autores de sacar sus obras a la esfera pública, mejor.
>
> ¿Creative Commons alberga o es propietaria de algún tipo de contenido creativo?
> En la actualidad no. Simplemente te ayudamos a poner bajo una licencia tu obra y damos referencias de ejemplos de contenido con licencia Creative Commons en nuestra página de presentación de obras. También ofrecemos a los usuarios modos de encontrar trabajos bajo licencia y la compresión sencilla de los términos de la misma. En algún momento del año que viene tenemos previsto empezar con un proyecto aparte que tendrá como supondrá la propiedad los derechos de ciertas obras: el llamado Creative Commons Conservancy. Aceptaremos donaciones de varias clases de obras intelectuales, incluyendo software, que pondremos a disposición del público bajo una licencia en términos generosos.
>
> ¿Está implicada Creative Commons en la gestión de derechos digitales (Digital Rights Management o DRM)?
> No. Preferimos describir el aspecto técnico de nuestro trabajo como descripción de derechos digitales, mientras que las herramientas de gestión de derechos digitales tratan de evitar ciertos usos y garantizar tus derechos. En lugar de que el software diga "No puedes modificar este fichero", queremos más bien que diga algo como "El autor te permite modificar el fichero, pero a cambio, debes mencionarle en tu obra". Aunque las herramientas son similares, nuestras metas son diferentes. En lugar de usar uno de los muchos formatos de DRM, hemos elegido el formato RDF/XML de W3C. En lugar de decir "No establecemos estas restricciones", decimos "Te damos estos permisos", de manera que los motores de búsqueda y otras aplicaciones puedan encontrar fácilmente obras con licencias de carácter generoso y clasificarlas. Puede ser útil una analogía física. El trabajo de DRM es poner carteles que digan "No pasar". Podría parecer absurdo quitar esos carteles y cambiarlos por otros que diga
n "Sí se puede pasar", que es el aspecto que tendrían nuestras licencias si las expresáramos en formato DRM. En lugar de esto, estamos escribiendo nuevos carteles en los que ponga "Bienvenidos, por favor pasen", y usando colores y diseños diferentes para expresar la diferencia de mensaje. Estamos dejando el "cumplimiento" para la ley, las normas sociales y la buena fe de los participantes. Nuestras herramientas funcionan como ayudas informativas, no como instrumentos de control. Queremos ayudar a los propietarios de los derechos de copia a dar a conocer a otros sus obligaciones y libertades, y ayudar a todo el mundo a encontrar sitios en Internet donde se anime a la reutilización creativa.
>
> ¿Qué ocurriría si alguien trata de proteger una obra con licencia Creative Commons con herramientas de gestión de derechos digitales (DRM)?
> Si alguien usara las herramientas DRM para restringir cualquiera de los derechos garantizados por la licencia, esa persona estaría violando los términos de la misma. Todas nuestras licencias prohíben a los que las adquieren "la distribución de la Obra con cualquier medida tecnológica que controle el acceso o uso de la Obra de un modo no consistente con los términos del Contrato de Licencia".
>
> Todo esto es una gran idea. ¿Cómo puedo colaborar con ella?
> Deseamos que nos envíen opiniones, y agradecemos la ayuda y participación. Por favor, ponte en contacto con nosotros.
>
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