[Cc-cl] ¿Cuando una obra se considera derivada?

Ricardo Munoz rmunoz en tux.cl
Lun Abr 27 12:06:46 EDT 2009


2009/4/26 Alberto Cerda <alberto en derechosdigitales.org>

> Francisco, muchas gracias por tus precisiones.
> De mi parte, sólo quisiera resaltar un punto mencionado por ti, que es el
> valor de las excepciones y limitaciones al derechos de autor en relación a
> obras licenciadas con Creative Commons. Estas licencias no reducen, ni
> restringen los derechos que la ley asigna a las personas para hacer uso de
> cualquier tipo de obras -licenciadas o no con CC- en determinados casos.
> Por ejemplo, la ley chilena admite el derecho de cita -bastante usual en
> entornos académicos y educativos, como el que sugiere la pregunta inicial de
> esta cadena- naturalmente, si ejerzo el derecho de cita no quedo amarrado a
> las condiciones de la licencia Creative Commons, pues en tal caso es la ley
> y no la voluntad del licenciatario la que me autoriza a hacer uso de la
> obra.



ese "derecho de cita" seria valido solo para citar obras editadas/publicadas
en Chile y/o en paises con los cuales existe algun tipo de tratado
internacional, cierto?

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Ricardo Mun~oz A.
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