[Cc-cl] ¿Que pasará con CC según la nueva ley de derecho de autor?
Negrólder!!
negrolder en gmail.com
Mar Oct 14 12:05:41 EDT 2008
Muchísimas gracias, Alberto.
El 14 de octubre de 2008 12:42, Alberto Cerda <alberto en derechosdigitales.org
> escribió:
> Estimado,
> Que no se pueda renuciar los derechos de autor, implica que una obra no
> puede pasar a dominio público porque su autor lo desea.
> En cambio, cuando licencias con Creative Commons, tú no renuncias a tus
> derechos, sino que autorizas al ejercicio de ciertos derechos de autor por
> otros. Es una licencia o contrato a través del cual autorizas usos, no los
> renuncias.
> Así, puedes estar tranquilo. CC seguirá disponiendo de respaldo legal en lo
> sucesivo.
> Salu2,
> A.
>
> 2008/10/14 Negrólder!! <negrolder en gmail.com>
>
>> Tenia entendido que CC tiene vigencia legal en Chile.
>>
>> De ser así, ¿como afectará la nueva ley a CC si ya no se puede renunciar a
>> los derechos de autor?
>>
>> Raro. Entiendo que ya no podría poner mi música en internet. Y que en
>> cualquier caso SCD cobraría derechos por las emiciones de mi música sea o no
>> yo socio.
>>
>> Debo estar equivocado porque es demasiado disparatado lo que entiendo.
>> Ahora si es así de disparatado...
>>
>> --
>> Un Abrazo.
>> Negrólder!!
>>
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Un Abrazo.
Negrólder!!
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