[Cc-cl] CreativeCommons y la propiedad intlectual.

Claudio Ruiz claudio en derechosdigitales.org
Mie Mayo 16 14:28:23 EDT 2007


Hola,

Negrólder!! escribió:
> Ok. Estoy claro respecto de la pseudo protección que puede brindarme
> CC, lo que me sorprende de sobremanera es saber que al momento de
> crear una obra tengo automaticamente protegida mi propiedad
> intelectual. Si no es mucho pedir ¿me puedes explicar un poco mejor
> eso?
>   
Claro, de acuerdo a principios establecidos en tratados internacionales 
generalmente aceptados, como el Convenio de Berna de 1884, la protección 
de las obras intelectuales se realiza automáticamente, sin necesidad de 
registro alguno. Desde el momento en que pones el último punto al poema 
que estás escribiendo, esa obra se encuentra protegida y tú como autor 
tienes todos los derechos sobre ella reservados .
Ahora, claro, otra cosa es como lo pruebas.
Pero como ves, ese es una deficiencia de la protección automática, no 
necesariamente de sistemas de licenciamiento como CC , sin ir más lejos.

> Como bien me dices el que me quiera plagiar se va a saltar licencias y
> cuanto haya en su camino. Sin embargo ¿no es necesario haber
> registrado la propiedad intelectual para demostrar su autenticidad?
>   
No necesariamente. Para demostrar la "autenticidad" puedes hacerlo por 
cualquiera de los medios que dispone la ley: testigos, documentos, etc. 
Insisto, habiendo o no licencias de por medio.
> A ver, un ejemplo: Yo soy un hijo de vecino cualquiera que nadie
> conoce... bueno eso no es suposición... pero el supuesto es que si un
> artista ya consagrado me escucha y quiere uno de mis temas, yo se lo
> facilito con la condición de que reconozca mis derechos. Él me dice
> que sí, pero al sacar su disco me encuentro con que mi nombre no
> aparece como autor del tema que él grabó. No tengo testigos, no tengo
> papeles (ya que si me siño a lo que tú dices no tendría por qué).
> ¿Cómo demuestro yo mi propiedad intelectual?.
>   
Es que pasa lo mismo que si no hubieras facilitado tu música al artista 
consagrado. Tienes el mismo problema. Aún sin haber facilitado esa 
música, ¿Cómo demuestras que esa música la hiciste tú?
> Otro ejemplo un poco más rebuscado. Yo pongo mis temas en Internet
> bajo licencia creativecommons, con Distribuir Igual, Algún artista
> toma ese tema y lo graba SIN RECONOCER mi autoría. Él puede decir
> perfectamente, "no, este tema es mío, es usted el que lo plagió" ¿cómo
> le hago contra eso sin haber registrado la propiedad intelectual?
>   
Ídem que lo anterior. Y lo puedes hacer de distintas maneras. El ejemplo 
más reciente es el del ya famoso Panda Punk de Armando Torrealba 
utilizado con violación a la licencia CC por una gran multitienda. Y 
terminó en menos de 24 horas con un acuerdo económico de la agencia de 
publicidad encargada del asunto.
> Pido disculpas si me salgo un poco del tema de CC pero creo que es
> bueno aclarar hasta donde CC puede ayudar con la propiedad
> intelectual, y que tan despreocupado se puede estar de la propiedad
> intelectual acogiéndose a la CC.
>
> Muchas gracias por responder y por mantener este espacio, te soy muy
> sincero si te digo que este medio es valiosísimo para aprender sobre
> las posibilidades existentes.
>
> Un abrazo
> Negrólder!!
>   
Espero nuevamente haber sido de ayuda.
Saludos

Claudio
> El 16/05/07, Claudio Ruiz <claudio en derechosdigitales.org> escribió:
>   
>> Hola,
>>
>> Pasa que Creative Commons es un sistema que permite a los autores
>> decidir qué tipo de usos autorizarán de antemano respecto de sus obras,
>> con el fin que ellas sean reproducidas y distribuidas por terceros.
>> Como bien apuntas, lo que pretende CC es desde el punto de vista del
>> acceso, no desde el punto de vista de la protección. Ahora, eso no
>> quiere decir que CC no entregue protección, tal como por lo pronto lo
>> expresa una serie de fallos en tribunales de países de la Unión Europea
>> (caso Birdland en España http://derecho-internet.org/node/406).
>>
>> Desde el punto de vista de la posibilidad de evitar un plagio, el usar o
>> no Creative Commons no cambia le supuesto, toda vez que quien realizará
>> un plagio lo hará sin tomar en consideración el tipo de licenciamiento
>> que cuente la obra. Simplemente la tomará, la plagiará y ya está. Usando
>> o no CC tendrás herramientas legales para poder hacer frente a esa
>> situación.
>>
>> Ahora, respecto del registro. Como sabrás, no es necesario registro
>> previo para obtener protección de la ley de propiedad intelectual,
>> puesto que ésta es automática desde el momento mismo de la creación. Lo
>> que hace el registro es entregar certezas desde el punto de vista
>> probatorio a la hora de defender judicialmente tu autoría. Pero ella no
>> va a depender de si registraste o no. Para obtener protección no es
>> necesario registro previo en lugar alguno, puesto que la protección de
>> la ley es automática.
>>
>> Espero haber aclarado tus dudas.
>>
>> Saludos,
>> Claudio
>>
>> Negrólder!! escribió:
>>     
>>> Bueno, hola a todos.
>>>
>>> Soy un interesado más en lo  de la licencia Creatve Commons. Y creo
>>> hasta ahora haber entendido bien cómo funciona.
>>>
>>> Estoy trabajando en hacer mi propia música y ponerla en internet
>>> espero muy pronto. Trabajo en mi pc con GNU/Linux y puras herramientas
>>> libres. No tiene nada que ver pero estoy muy orgulloso de ello y tenía
>>> que contárselo a alguien :-)
>>>
>>> No tengo problemas en entender lo del derecho de autor y de la
>>> apertura a la difusión que implica el distribuir un trabajo bajo
>>> licencia CC. Sin embargo me gustaría saber qué alcance tiene a lo que
>>> respecta a "propiedad intelectual".
>>>
>>> Lo que yo entiendo es que Creative Commons ayuda a establecer las
>>> bases de "cómo se distribuye" una obra, pero no es una ayuda al
>>> momento de detectar un plagio. ¿O me equivoco?.
>>>
>>> En otras palabras, ¿es necesario inscribir la propiedad intelectual
>>> antes de poner a disposición del público una obra?
>>>
>>> Muchas gracias de antemano.
>>>
>>>
>>>       
>> --
>> Claudio Ruiz Gallardo
>> Director
>> ONG Derechos Digitales
>> Diagonal Paraguay 458, Piso 2
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