[Cc-cl] Consulta art. 73 ley 17.336

Daniel Alvarez Valenzuela daniel en derechosdigitales.org
Vie Sep 29 14:03:06 EDT 2006


Estimados.

Conforme al criterio del Conservador del Registro de Propiedad
Intelectual, los contratos de licencia no están sujetos a la obligación
de registro, entendiendo que las licencias son una autorización de uso
nunca una transferencia de derechos.

d.





El vie, 29-09-2006 a las 12:00 -0400, Humberto Carrasco escribió:
> Iñigo:
> 
>  
> 
> Gracias por responder. Estoy de acuerdo en que es un contrato de
> licencia. Mi duda es si existe “transferencia” de los derechos. Porque
> si es así, quiere decir que la transferencias de derechos que no se
> hagan en la forma estipulada en el artículo 73 no serían válidas, ya
> que faltaría la inscripción.
> 
>  
> 
> Por eso preguntaba.
> 
>  
> 
> Saludos cordiales,
> 
>  
> 
> Humberto
> 
>  
> 
>                                    
> ______________________________________________________________________
> De:cc-cl-bounces en lists.ibiblio.org
> [mailto:cc-cl-bounces en lists.ibiblio.org] En nombre de Iñigo de la Maza
> Enviado el: viernes, 29 de septiembre de 2006 11:44
> Para: Lista de Correos Creative Commons Chile
> CC: info en derechosdigitales.org; derechosdigitales en listas.csol.org;
> legal
> Asunto: Re: [Cc-cl] Consulta art. 73 ley 17.336
> 
> 
>  
> 
> Humberto, es un contrato de licencia.  
> Saludos cordiales
> 
> On 9/29/06, Humberto Carrasco <hcarrasco en arealegal.cl> wrote:
> 
> Estimados señores:
> 
> 
> Alguien puede decirme como las licencias CC solucionan el problema
> del 
> artículo 73 de la ley 17.336 de propiedad intelectual... que dispone:
> 
> "Art. 73. La transferencia total o parcial de los
> derechos de autor o de derechos conexos, a cualquier
> título, deberá inscribirse en el Registro dentro del 
> plazo de 60 días, contados desde la fecha de
> celebración del respectivo acto o contrato. La
> transferencia deberá efectuarse por instrumento
> público o por instrumento privado autorizado ante
> notario.
> También deberá inscribirse, dentro del mismo 
> plazo, la resolución del contrato que originó la
> transferencia."
> 
> Ello porque en virtud de las licencias CC se puede entender que hay
> una
> transferencia de derechos de autor, a lo menos parcial. O Uds. creen
> que no 
> hay transferencia?
> 
> Saludos cordiales,
> 
> Humberto Carrasco
> 
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