[Cc-ar] Musica Argentina bajo licencias CC - ESTADO?
Eduardo Garcia Rajo
edimusik at yahoo.com.ar
Sat May 13 05:31:10 EDT 2006
Ok Ariel, entiendo... y disculpa por volver a preguntar lo mismo en uno de los items (voy
a tener más cuidado).
Ahora... si una licencia no esta gestionada por una entidad colectiva ¿Quien la protege?
¿soy yo el dueño del copyright solo por que se me da la gana o tiene que ser algo
"oficializado" de alguna forma?
Por que tranquilamente alguien puede tomar una de mis obras que no registre en entidad
colectiva pero si licencie via "CC" como "non comercial" por ejemplo, y meterla en un
compilado... ¿Si esto pasa que es realmente lo que sucede?
GRACIAS NUEVAMENTE ARIEL!
--- Ariel Vercelli <avercelli en librecultura.org> escribió:
> Hola Eduardo,
>
> Eduardo Garcia Rajo wrote:
>
> >Hola que tal?
> >
> >Quisiera preguntarles a donde puedo ir para ponerle BIEN al tanto sobre que tan maduro
> >está el tema de la licenciatura de obras musicales bajo CC y que pasa con SADAIC
> (tengo
> >entendido que a ellos no les importa CC, si yo publico, sea como sea, una obra MIA
> >registrada en SADAIC, alguien tendrá igualmente que pagar los royalties).
> >
> >Me intriga muchisimo esto, y dado que estoy llevando a cabo un proyecto importante que
> >tiene mucho que ver con la publicación de obras sonoras/musicales de artistas (que
> >deciden voluntariamente publicar sus obras en un sitio web bajo licencias CC),
> necesito
> >eliminar dudas.
> >
> >
> para esto, nuevamente, podes ver lo que ya te respondí en
> http://lists.ibiblio.org/pipermail/cc-ar/2006-April/000199.html
>
> >Hay otros detalles que son importantes y tampoco se a donde ir para informarme... CC
> >provee licencias como "Share Music", una licencia que permite a todos compartir la
> obra
> >publicada en servidores P2P (emule, kazaa, soulseek)... ¿esto en ARGENTINA funcionará?
> >
> >
> >
> La licencia "Share Music": http://creativecommons.org/license/music no
> es una licencia propiamente dicha. Mejor dicho, es sólo un "Título Común
> / Common Deed" preparado para quienes comparten exclusivamente música:
> http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.0/deed-music
>
> De hecho, solo cambia el logo y el common deed, pero la licencia es la
> misma licencia genérica "by-nc-nd.2.0". El common deed dice que la obra
> puede circular en las redes p2p como forma de aclarar este punto, pero
> la licencia es la misma. En concreto:
>
> "Note: You must own or be authorized to license both the composition,
> (c), and the sound recording, (p), of the song to mark it under the
> Music Sharing License. The Music Sharing License uses the identical
> terms as the Attribution-NonCommercial-NoDerivativeWorks license."
>
> Eduardo, siempre que tengas dudas tenes que ir a ver que dicen las
> licencias.
>
> En relación a si funciona o no para Argentina: hace muchos años que en
> las redes p2p circulan obras licenciadas libremente. Las licencias
> libres invitan y buscan que las obras/archivos se compartan de forma legal.
>
> >Bueno, les dejo un saludo grande y muchas gracias por la ayuda que puedan brindarme.
> >
> >
> >
> >
> De nada Eduardo, saludos también para vos
> Ariel
>
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