[Cc-ar] Copyright vs Derecho de cita

Julian Rodriguez piratadelasfalto at datafull.com
Wed Jul 5 20:15:06 EDT 2006


Hola a todos, es mi primer envío en esta lista...


Para la legislación argentina, el artículo 10 de la Ley 11.723 es el que 
habla de los usos legales que se pueden hacer con material de otro sin 
pedir su permiso...
"Cualquiera puede publicar con fines didácticos o científicos, 
comentarios, críticas o notas referentes a las obras intelectuales 
incluyendo hasta mil palabras de obras literarias o científicas u ocho 
compases en las musicales, y en todos los casos solo las partes del 
texto indispensables a ese efecto. Quedan comprendidas en esta 
disposición las obras docentes, de enseñanza, colecciones, antologías, y 
otras semejantes."

fuente: http://www.portaldeabogados.com.ar/codigos/leypropintel1.htm

El tema en la web no sé cómo funcionará, pero supongo que amparado bajo 
la ley podrás extraer hasta 1000 palabras legalmente. Y si no, lo más 
fácil, es pedir permiso escrito al dueño del derecho de autor y listo.




Pablo Ybalo escribió:
> Hola a todos. Este es mi primer envío a esta lista y no tiene que ver 
> particularmente con licencias CC, sino sobre una duda que se me planteó: 
> el conflicto entre las leyes de copyright y las de derecho de cita u otras.
>
> Escenario concreto:
> Un sitio web publica información que probablemente estará disponible por 
> poco tiempo.
> Deseo confrontar la información publicada en un debate público.
> ¿Tengo derecho a almacenar y publicar una instantánea del sitio web, o 
> de alguna de sus páginas o una simple imagen (bitmap) que ilustre la 
> información tal cual se publicó para que el debate se pueda llevar a 
> cabo a pesar de que la misma información ya no esté disponible on-line?
>
> En función de pesos, se me ocurre que en un extremo de este escenario 
> están los buscadores como Google y Yahoo, y el voluminoso Internet 
> Archive (http://archive.org) que basan su actividad principalmente en 
> referenciar y copiar información de terceros. Por el otro extremo 
> estamos los simples mortales que deseamos expresarnos en libertad y 
> realizar trabajos ("creativos" o no ;) ) que podamos compartir sin temor 
> a ningún tipo de represalias legales.
>
> Más allá de las opiniones personales de como "deberían" ser las cosas 
> -que serán muy bienvenidas- ¿alguien sabe cómo se aplica el marco legal 
> actual en el país e internacionalmente?
>
> Saludos
>
> Pablo Ybalo
>
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